La Secretaría de Energía comunicó hoy, mediante la resolución 40/2021 publicada en el Boletín Oficial, la creación del «Régimen Especial de Regularización de Obligaciones» que apunta a que las distribuidoras de energía eléctrica puedan normalizar las deudas que hayan contraído con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) o con el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) «ya sean por consumos de energía, potencia, intereses y/o penalidades, acumuladas al 30 de septiembre de 2020».
A su vez, la disposición establece el «Régimen Especial de Créditos» destinado a aquellas «distribuidoras de energía eléctrica que siendo agentes del MEM no registren deuda con CAMMESA y/o con el MEM o sean consideradas dentro de valores razonables en relación a su nivel de transacciones al 30 de septiembre de 2020».
Acorde con la medida, ambos regímenes se instrumentarán a través de «la suscripción de actas acuerdo particulares» que se llevarán a cabo entre «las distribuidoras de energía eléctrica agentes del MEM y su poder concedente y/o ente de control y esta Secretaría» e incluirán «el tratamiento de la totalidad de la deuda comprendida y las obligaciones a las que quedará sujeta la distribuidora».
Además, tendrán en cuenta «los compromisos en materia de eficiencia energética, tecnología aplicada a la prestación del servicio y/o inclusión de herramientas de focalización de subsidios o estructuración tarifaria en función de las características socioeconómicas de los usuarios».
Para concluir, las autoridades precisan que las distribuidoras de energía que deseen adherirse a alguno de los dos regímenes «deberán solicitar y presentar un formulario modelo» que será considerado «en carácter de declaración jurada y remitido a la Secretaría de Energía y a CAMMESA en el plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente medida, a los efectos de encuadrar sus respectivas peticiones de adhesión al régimen correspondiente».
