La Justicia Federal de Mar del Plata ordenó la suspensión del proyecto de exploración petrolera a 300 kilómetros de las costas marplatenses. Esto fue luego de no dar lugar a una medida cautelar, la que será apelada por el Gobierno nacional. Según, un análisis del Ministerio de Ambiente, la Secretaría de Energía y la Procuración General de la Nación, no presenta daños al medioambiente.
El titular del Juzgado Federal 2, Santiago Martín, hizo lugar a la medida cautelar impulsada por el intendente de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro y organizaciones ambientalistas. Ordenó la suspensión de la aprobación del proyecto de exploración petrolera que pasó por una instancia de Audiencia Pública en 2021.
De esta manera, el magistrado determinó frenar las tareas de exploración por parte de la petrolera estatal noruega Equinor. Tras darse a conocer la medida judicial, en la noche del viernes el secretario de Energía Darío Martínez expresó que el Gobierno es «respetuoso de la Justicia, pero esto no es cosa juzgada».
Además, se manifestó «convencido que la exploración y la producción offshore es segura, no contamina, no perjudica la fauna Marina». «Por el contrario, genera recursos para el país y trabajo genuino y actividad económica para las localidades desde donde se opere el desarrollo de esta actividad», afirmó Martínez en declaraciones difundidas por su Secretaría.
El titular de la cartera energética, adelantó que en consecuencia «se apelará la medida y que los abogados del Ministerio de Ambiente, del Ministerio de Energía y la Procuración, están analizando el fallo, y preparando la presentación judicial correspondiente».
Cuál era la obra a llevarse a cabo
La tarea de exploración del lecho marino iba a ser llevado adelante por el consorcio de empresas que encabeza Equinor. Sucedería en sociedad con la petrolera nacional YPF y la angloholandesa Shell. Esto en tres de los 18 bloques adjudicados en 2019 por los que las adjudicatarias comprometieron inversiones por casi US$ 800 millones.
La resolución judicial se enmarca en las presentaciones del intendente Montenegro, la Organización de Ambientalistas Autoconvocados y un particular contra la decisión del Gobierno Nacional. La idea es habilitar la campaña de adquisición sísmica offshore en las áreas CAN 108, CAN 100 y CAN 114 de la Cuenca Argentina Norte, dispuesta por Resolución 436/2021 del Ministerio de Ambiente.
En su resolución, el juez indicó que aceptaba la medida cautelar presentada en su momento por el intendente y ambientalistas por «el cumplimiento defectuoso de los estándares sobre información y participación que se desprenden de la legislación vigente y del Acuerdo de Escazú (Ley 27.566)».
También argumentó la falta de una instancia de consulta al Municipio de General Pueyrredón en el proceso de toma de decisión. Sumado a «las falencias del Estudio de Impacto Ambiental derivadas de la insuficiente proyección sobre los impactos acumulativos de las exploraciones» a realizarse sobre el Mar Argentino.