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SOCIEDAD

Anmat prohibió la venta de dos aceites en toda la Argentina: cuáles fueron las razones

Además, qué otras mercancías sacó de circulación en lo que va de este año.

Anmat

Anmat prohibió este viernes la comercialización y distribución en toda la Argentina de dos aceites, debido a que, «no cumplían con la normativa vigente», según públicó en el Boletín Oficial. En cuanto al primero, acorde con la disposición 2092/2022, se trató del «aceite de oliva extra virgen marca Chacras del Olivo» y el segundo fue según la resolución 2093/2022, el «Aceite de girasol marca El Bautista«.

En ambas medidas, la entidad indicó que «por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284«.

En consecuencia, explicó que «en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de un producto alimenticio que carece de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento en cualquier presentación y fecha de vencimiento».

Además de los aceites: ¿qué otros productos prohibió Anmat durante el 2022?

No es la primera vez que Anmat prohibe la venta de productos alimenticios en lo que va de este mes. El 3 de marzo pasado, el organismo sacó de circulación unos snacks y un endulcorante. Se trató de los «Palitos salados marca Verónica Snacks» y de «Stevia, Endulzante Natural». La razón fue la misma que con los aceites, «proteger la salud de los ciudadanos».

En febrero, el organismo también prohibió una serie de mercancías, tales como un dulce de leche, mieles y suplementos para bajar de peso. En este caso, según la resolución, en la miel «el RNPA exhibido en el rótulo es inexistente en su base de información y por lo tanto, no es posible determinar el elaborado» y sobre los suplementos dietarios no respetaban las normas de la aduana. Por último, acerca del dulce de leche se hacía pasar por un producto de la marca Havanna cuando en realidad no lo era.