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SOCIEDAD

Jubilados y pensionados: cómo acceder al reintegro del 15% por pagar con tarjeta de débito

El mecanismo contempla devoluciones de hasta 2.400 pesos. Además, también contempla a beneficiarios de asignaciones.

El mecanismo contempla devoluciones de hasta 2.400 pesos. Además, también contempla a beneficiarios de asignaciones.

Desde diciembre de 2019 los jubilados o pensionados que cobren los haberes mínimos pueden realizar un reintegro del 15% del monto total de todas las compras que realicen con las tarjetas de débito. En medio de una compleja situación económica, los beneficiarios acuden cada vez más a esta maniobra para darle alivio al bolsillo. 

De acuerdo a los requisitos que informó la Anses, para obtener el reintegro la compra debe haberse realizado con la tarjeta de débito asociada a la cuenta bancaria donde se depositan los haberes. Asimismo, explicaron que también se hace la devolución del 15% cuando los pagos se hacen a través de códigos QR.

“El mecanismo contempla una suma de hasta $1.200 mensuales por beneficiario, monto que asciende hasta los $2.400 para aquellas personas que perciban hasta una pensión por fallecimiento, siempre que no exceda el haber mínimo garantizado”, aportaron desde el organismo. El monto a reintegrar se acreditará dentro de las 24 y 48 horas hábiles posteriores a efectuada la compra, en la misma cuenta donde se depositan los haberes. 

¿Qué tengo que comprar para que me den el reintegro?

El reintegro alcanza a todos los productos de alimentos que se comercialicen en locales de venta por menor y/o mayor en mini, super e hipermercados, kioscos y almacenes que se encuentren inscriptos ante la AFIP, así como los productos de farmacia, siempre que se trate de venta al por menor de productos farmacéuticos y de herboristería, productos cosméticos, de tocador y de perfumería.

De esta forma, las compras por hasta $8.000 al mes en cualquiera de estos rubros recibirán un reintegro de $1.200, mientras que las compras por hasta $16.000 al mes recibirán un reintegro de $2.400 para los casos de jubilados que reciban hasta una pensión mínima.

¿Quiénes pueden acceder al reintegro?

Además de jubilados y pensionados, también pueden acceder al beneficio del reintegro los titulares de la Asignación Universales por Hijo (AUH), las titulares Asignaciones por embarazo para protección social. Asimismo, serán beneficiarios las personas que perciben una pensión por fallecimiento que no exceda la mínima y las personas que perciben pensiones no contributivas nacionales que no excedan la mínima.