El jefe del bloque del Frente de Todos en la Cámara de Diputados, Germán Martínez, pidió la nulidad de la designación de la radical Roxana Reyes. Por su parte, los senadores Luis Juez y Humberto Schiavoni reclamaron la «nulidad absoluta» de las designaciones de Martín Doñate y Guillermo Snopek. De esta manera, la polémica del Consejo de la Magistratura llegó a la Corte de Justicia, como en 2017.
Según Télam, la discusión sobre quienes serán los representantes del Congreso en la nueva composición del organismo que designa y evalúa a los jueces llegó al ámbito judicial. Es que tanto el Frente de Todos como Juntos por el Cambio hicieron sus presentaciones. Este suceso ya pasó en 2017 cuando un magistrado federal dictaminó que la Justicia no podía revisar decisiones de otro poder.
Por parte del Frente de Todos, el titular del bloque en Diputados pidió la nulidad de la designación de la diputada radical Roxana Reyes en el Consejo de la Magistratura. La solicitud recayó ante el Juzgado Contencioso Administrativo 11, a cargo de Martín Cormick. En su cuenta de Twitter, Germán Martínez manifestó «es ilógico que el bloque con mayor representación tenga un solo diputado; mientras que Juntos por el Cambio tenga dos».
En el mismo sentido, los senadores del PRO, Luis Juez y Humberto Schiavoni pidieron a la Justicia tomar las «medidas pertinentes» para que ambos puedan asumir como representantes del Senado en el Consejo de la Magistratura. Al mismo tiempo, solicitaron la nulidad absoluta de las designaciones de Martín Doñate y Guillermo Snopek.
En 2017: la misma historia
La polémica por la conformación del Consejo de la Magistratura ya tuvo su primer capítulo en 2017. En ese momento, el juez contencioso administrativo federal, Enrique Lavié Pico, avaló la designación del diputado Pablo Tonelli. La discusión se armó en torno a que el abogado fue elegido luego que Cambiemos impuso una mayoría con la sumatoria de todos sus bloques.
De esa manera, hubo varios planteos judiciales, no obstante el magistrado rechazó los amparos y explicó que «la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene establecido –con carácter de principio general– que las decisiones que se adoptan dentro de la esfera de competencia propia de otro poder no admiten revisión judicial, doctrina que resulta, en principio, aplicable al caso».