Una casa de comida rápida, situada en la provincia de Buenos Aires, debió afrontar un juicio civil no por intoxicación sino porque el tenedor de plástico se rompió y la persona que estaba comiendo se atragantó con una parte del cubierto. La información la dio la periodista de C5N especializada en judiciales, Vanesa Petrillo, quien lo primero que marcó es que «es un caso inédito. Nunca leí algo así en mi vida».
Este mediodía, en el noticiero del programa, la comunicadora precisó que «esto ocurrió en el 2014 y la Justicia falló ahora» y sobre el caso en si, contó que todo comenzó «cuando una mujer estaba comiendo en un local de comida rápida, de una de las marcas más conocidas, ubicado en Castelar y se pide una ensalada Cesar».
«Entonces, le dan la ensalada junto con un tenedor descartable», agregó y detalló que «mientras comía, la mujer estaba charlando con una amiga y se da cuenta que al tenedor le falta un diente, un pedacito, pero ya había comido casi toda la ensalada. Por lo tanto, busca en lo que queda, pero no lo encuentra y es por eso, que sigue comiendo».
«Al día siguiente, esta mujer se empieza a sentir muy mal del estómago y 24 horas después, el dolor era peor», remarcó y en consecuencia, indicó que «la internaron de urgencia y debieron operarla porque tenía una perforación en el intestino». «El hijo la acompaña a la operación y allí el médico le muestra en un frasquito lo que le habían sacado al operarla y era el pedacito del tenedor», subrayó.
«La mujer tuvo un sangrado y una operación abdominal que le dejó marcas», señaló y recalcó que «esto llegó a la Justicia, que falló a favor de la daminificada y estableció una indeminización de alrededor de un millón de pesos». «Pero, hay que calcular los intereses desde que ocurre el hecho», señaló y detalló que «son del 1.5% mensual en un período de ocho años».
Petrillo explicó que el pago contempla «el daño físico, pero también el moral porque la Justicia también toma en cuenta los padecimientos» y enfatizó que «sobre todo debido a que le quedaron cicatrices». Es así como la Cámara Civil, que llevó a cabo esta condena, puso el foco, según indicó la periodista, en que «cuando las casas de comida rápida entreguen cubiertos no pueden atentar contra la integridad de la persona que está comiendo».
En ese marco, explicó que esta decisión «ya tuvo un fallo de primera instancia y ahora tuvo el fallo de segunda instancia, que es el que emitió la Cámara. Podría llegar a la Corte (Suprema), pero la Corte estos recursos los rechaza» y remarcó que «si bien podría llegar al tribunal de máxima instancia, se trata de un fallo firme».