En la mañana de hoy salió a la luz que Carlos Foradori, exvicecanciller de Mauricio Macri, firmó un acuerdo sobre las Islas Malvinas estando borracho. Esto lo develó Alan Duncan, su par del Reino Unido en 2016 en base al relato de Mark Kent, embajador de dicho país que acordó con el dirigente «eliminar todos los obstáculos» para la explotación de recursos allí.
El mencionado dirigente se trata de un hombre de trayectoria en su área. Es un radical de muchos años con estudios en la Universidad de Harvard y John Hopkins University. Trabajó en la cuestión de conflictos limítrofes con Chile y hasta asesor de relaciones con los Estados Unidos. Mientras ejercía sus misiones diplomáticas fue profesor universitario y director General de Asuntos Federales y Electorales y Jefe de Gabinete de la Secretaria de Coordinación y Relaciones Institucionales.
Lo más destacado de su carrera política llegó en 2016 cuando fue nombrado por Mauricio Macri como vicecanciller y encargado de trabajar en diferentes convenios. Entre ellos se resalta el trabajo realizado en las Islas Malvinas aunque esta reciente denuncia complica su historial. De confirmarse este suceso, podría terminar en la cárcel por incumplimientos de los deberes del funcionario público.
¿De qué lo acusan?
Según describió Alan Duncan, Foradori estaba «borracho» a la hora de firmar el acuerdo por Malvinas sobre la explotación del suelo. «A medida que una botella tras otra pasaba, las negociaciones mejoraron. A las 2 de la mañana llegamos a un acuerdo general«, recuerda el exfuncionario británico. De ser así, autorizó que el país europeo explote los recursos de las Islas, amplíe su alcance aéreo y pueda instalar bodegas de petróleo por haber estado alcoholizado.
«Bajo la residencia de la embajada hay una fabulosa bodega, muy bien iluminada, con las paredes forradas de botellas de Merlot», detalla el dirigente en su escrito basado en las vivencias de Kent. Ahora el ministerio de Relaciones Exteriores y Culto investiga el caso por «posibles incumplimientos de los deberes del Funcionario Público y de las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N°20.957″.