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SOCIEDAD

Anmat prohibió los purificadores de agua de una reconocida marca

La medida fue formalizada a través de una publicación en el Boletín Oficial de Casa Rosada.

Anmat

El Gobierno, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), prohibió en toda la Argentina los purificadores de agua de una reconocida marca. Tanto el uso como la comercialización y la distribución de estos aparatos. La medida se dio a conocer este martes a través de la Disposición 5465/2022, difundida en el Boletín Oficial, a partir de la denuncia de un usuario.

En el documento, se indica que la Anmat tomó conocimiento sobre la venta de “productos domisanitarios sin registro de la firma Dvigi Sociedad Anónima”, entre los que señala a los dispositivos de acondicionamiento de agua “Dvigi AS Plus” y “Compact”, indicado para utilizarse solamente con la red del servicio potable, según se detalló en el texto de Casa Rosada.

Si bien la empresa asegura en su sitio web que ambos aparatos cuentan con certificación de la Anmat, el organismo pudo comprobar que esto es falso y que la firma los comercializaba desde la provincia de Buenos Aires a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, se detectaron discrepancias entre la información provista por el rótulo y la ficha técnica del “Filtro Purificador de Agua Sobre Mesada Aqua Dvigi” y su real diseño, tamaño, presión y capacidad de caudal.

Las irregularidades que detectó la Anmat

En relación a la marca “Dvigi – Dispositivo de Acondicionamiento de Agua Sobre mesada”, se señaló lo siguiente: “El producto de la denuncia que se comercializa en la página web señala que el dispositivo de acondicionamiento de agua de red retiene, entre otros compuestos, ‘herbicidas, pesticidas, plaguicidas’, lo cual no se corresponde con el producto registrado ante esta ANMAT y no está permitido bajo la normativa vigente”.

Por todo lo expuesto, el Servicio de Domisanitarios determinó que la firma estaría incumpliendo el artículo 816 del Reglamento Alimentario Nº 141/53, el artículo 1º de la Resolución ex MS y AS Nº 709/98 y el artículo 1º de la Disposición ANMAT Nº 7292/1998 y sus modificatorias, por “haber comercializado en nuestro país productos sin contar con los correspondientes registros ante esta Administración Nacional”.

La resolución

En tanto, el organismo, que depende del Ministerio de Salud a cargo de Carla Vizzotti, recomendó “prohibir uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes y presentaciones” de estos artículos “hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Productos de Uso Doméstico” y pidió “iniciar el correspondiente sumario sanitario”.

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