Espionaje ilegal: la Justicia rechazó nuevo planteo de Cristina Kirchner POLÍTICA El Intransigente

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Espionaje ilegal: la Justicia rechazó nuevo planteo de Cristina Kirchner

Se consideró que la vicepresidenta actuó fuera de término, con lo cual se vieron beneficiados varios exfuncionarios.

La Justicia falló en contra de la vicepresidenta Cristina Kirchner, en el marco de la causa por presunto espionaje ilegal durante el gobierno de Mauricio Macri. Es que la Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes la recusación de la expresidenta contra los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens. De esta manera, quedaron desprocesados varios implicados en el expediente.

La resolución de Casación

El fallo consideró, entre otras razones, que Cristina Kirchner presentó la recusación cuando se había excedido el plazo previsto legalmente para hacerlo. Es decir, que la vicepresidenta apeló “fuera de término” el rechazo a las recusaciones invocando como “hecho nuevo” el fallo en el que Bertuzzi y Llorens sostuvieron que el espionaje ilegal achacado al macrismo había sido obra de “cuentapropistas” de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).

Así, la resolución desprocesó, entre otros, a los exjefes de la central de Inteligencia durante el macrismo Gustavo Arribas y Silvia Majdalani. La actual vicepresidenta consideró que esa resolución “resulta arbitraria y que, como tal, constituye un ‘hecho nuevo’ que acrecienta y confirma el temor de parcialidad invocado por esa querella y por otras partes legitimadas en la causa”.

Pero la Casación, con las firmas de los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, consideró que el planteo se formuló cuando ya estaba “excedido el término de 48 horas desde que la impugnante tomó conocimiento del hecho (resolución) que invoca como nuevo”. Hornos sostuvo, además: “Las cuestiones relativas a recusaciones de jueces no constituyen una resolución susceptible de ser impugnada ante esta instancia”.

“Es que no se trata de la sentencia definitiva de la causa, en tanto el rechazo de una recusación no pone fin a la acción, ni a la pena, ni hace imposible la continuación de las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena”, concluyó el magistrado.

También invocó: “El apartamiento solo puede ser solicitado, cuando sea sobre la base de una causal sobreviniente, dentro de las 48 horas de ocurrida ésta, circunstancia que, de haberse visto cumplida, hubiera autorizado en términos formales el trámite de recusación formulado”.

El abogado Carlos Beraldi, en representación de la vicepresidenta, había considerado “arbitrario” el fallo de diciembre pasado en el que la Cámara Federal porteña, atribuyó el espionaje ilegal a espías que trabajaron por cuenta propia y no por órdenes de la entonces conducción de la AFI.

Este expediente también es conocido como “Súper Mario Bross”, en alusión a un grupo de WhatsApp a través del cual se comunicaban varios de los espías que aún siguen procesados por el espionaje a dirigentes políticos, sociales, religiosos, sindicales y hasta periodistas.

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