El Gobierno nacional puso en marcha este viernes el formulario del Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE). Se trata del primer paso hacia la segmentación de subsidios en las tarifas de los servicios de gas y electricidad. A través del mismo, los usuarios deberán completar una serie de datos para luego ser revisados y definir si podrán o no mantener la asistencia estatal.
El registro es virtual, aunque está la opción presencial
El formulario del RASE ya se encuentra habilitado en la página web oficial, llamada “Segmentación Energética” (www.argentina.gob.ar/subsidios). También se puede completar a través de la App “Mi Argentina”, en la sección “Trámites”. Aunque existen estas dos modalidades, el formulario también podrá ser completado de manera presencial en las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
En cualquiera de las opciones, el usuario deberá presentar una declaración jurada de conformación de hogar que incluye los ingresos y patrimonios del grupo familiar. Allí también deberán indicar si la persona es o no es titular de uno o ambos servicios. Todos los datos que brinden deberán ser reales, ya que se trata de una declaración jurada. Caso contrario, el usuario podría ser penalizado y enfrentar una causa judicial.
Fechas para completar el formulario, según DNI
Para un proceso ordenado y que el sistema no tenga dificultades, se estableció una segmentación para que los usuarios ingresen y llenen el formulario. Entre los días 15 y 19 de julio, podrán entrar los DNI (Documento Nacional de Identidad) de las personas que terminen en 0, 1 y 2. Desde el 20 al 22 de julio, tendrán lugar los DNI terminados en 3, 4 y 5. Por último, del 23 al 26 de julio, será el turno para personas cuyo DNI concluyan en 6, 7, 8 y 9.
Los datos a proveer
El primer paso para el registro es completar la citada declaración jurada. Los ítems son: Nombre; Apellido; DNI; Número de trámite; Género; Fecha de nacimiento; CUIL; Datos socioeconómicos; Situación laboral; Datos de contacto; Domicilio declarado por el usuario; Código postal; Relación con el domicilio; Datos del servicio de luz; Datos del servicio de gas; y Datos del grupo conviviente.
Allí mismo, desde el Gobierno señalan que todos aquellos usuarios que quieran tener subsidio realice dicho formulario ya que ahí podrán saber, a partir de los datos requeridos, si podrán continuar con el beneficio o no. Quienes no lo realicen perderán de manera efectiva el subsidio. Esta segmentación durará hasta fin de año para ambas tarifas.
Tres categorías para definir quién mantiene y quién pierde el subsidio
Para constatar y corroborar quienes podrán percibir el subsidio se crearon tres categorías a las que hay que prestar sumamente atención. La primera es “Nivel 1: Alto”. En este caso, ningún usuario podrá tener acceso al beneficio ya que sus ingresos están por encima de lo establecido. Las tarifas de luz y gas deberán ser abonadas en su totalidad hasta fin de año.
Se trata de aquellas personas/grupos familiares con ingresos mensuales totales del hogar que superen los $333.000 (el equivalente a 3,5 canastas básicas tipo 2 según el Indec); que tengan tres o más vehículos con una antigüedad menor a cinco años; que tengan tres o más inmuebles; que tengan una o más aeronaves o embarcaciones de lujo; que tengan activos societarios que “exterioricen capacidad económica plena”.
El segundo nivel es “Medio”. Abarca a personas o grupos familiares con ingresos mensuales totales del hogar mayores a 1,5 pero menores a tres canastas básicas tipo 2; que no posean más de tres inmuebles, ni dos o más vehículos con una antigüedad menor a cinco años. En este caso, pueden tener un integrante con certificado de Vivienda Renabap (Registro Nacional de Barrios Populares).
Asimismo, quedan incluidos quienes tengan un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado. El Nivel 2 también estará destinado a quienes tengan un integrante que posea pensión vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o que posea certificado de discapacidad, según detalló el Gobierno nacional al establecer los principios de la medida.
Por último, el “Nivel 3: Social”, corresponde a aquellos con ingresos mensuales totales del hogar equivalente a una canasta básica tipo 2 según el Indec; que tengan menos de dos inmuebles o no tengan ninguno; y que tampoco posean un vehículo con menos de tres años de antigüedad.
Qué ocurrirá con electrodependientes y entidades de bien público
Las personas electrodependientes, por su parte, no deben completar el trámite para solicitar el subsidio de electricidad, pero sí deberán llenarlo para pedir el de gas. En tanto, a los domicilios donde funcionen entidades de bien público tampoco les corresponde hacer el trámite. En ese caso, se puede solicitar la tarifa diferencial para entidades.