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POLÍTICA

Hotesur-Los Sauces: la defensa de Cristina Kirchner pidió confirmar sobreseimientos por «inexistencia de delito»

El abogado de Cristina Kirchner presentó un escrito ante la Cámara Federal de Casación Penal para que se corrobore su situación.

Cristina Kirchner

La defensa de la vicepresidenta Cristina Kirchner pidió hoy a la Cámara Federal de Casación que confirme la decisión de cerrar por inexistencia de delito. La solicitud exige que el proceso se realice con sobreseimientos y sin juicio oral en la llamada causa «Hotesur-Los Sauces«. En «breves notas» presentadas por escrito ante la sala I del máximo tribunal penal del país, los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy soilcitaron que se rechace el recurso de apelación de la fiscalía.

Al mismo tiempo, pidieron que se ratifique la decisión del Tribunal Oral Federal número 5 que sobreseyó a todos los imputados, según el texto de 62 carillas al que tuvo acceso Télam. Los letrados pidieron que «se confirme la resolución recurrida, en cuanto dispuso el sobreseimiento de nuestros representados, por inexistencia de delito«.

El escrito se presentó antes del inicio de la segunda y última audiencia en la cual los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa escucharán a las partes que pidieron exponer de manera oral, antes de tomar una decisión. Los abogados se presentaron por la defensa de Cristina Kirchner, de sus hijos Máximo y Florencia Kirchner, de Romina Mercado y de Patricio Pereyra Arandía.

La nueva prueba que dejaría a Cristina Kirchner sin imputación

La defensa sostuvo que deben confirmarse los sobreseimientos en base a
nueva prueba incorporada a la causa. «Concretamente, nos referimos a la ampliación del estudio pericial que se llevó a cabo en el marco de la causa “Los Sauces”, en el cual los expertos intervinientes afirmaron en forma unánime y categórica que todos los pagos realizados por Valle Mitre S.A., Inversora M&S S.A. y Alcalis de la Patagonia SAIC en favor de Los Sauces S.A. sin excepción alguna, estaban bancarizados y fueron efectuados mediante la entrega de cheques o a través de transferencias bancarias», remarcaron.

Esta «prueba nueva también permitió constatar que los hechos» no satisfacen
» las exigencias típicas requeridas por el tipo penal previsto en el art.
303 del Código Penal», el lavado de activos. «Si se tiene en cuenta que todo el dinero aplicado a los contratos de locación investigados siempre se movió dentro del circuito financiero e institucional, que dichos fondos fueron debidamente contabilizados, que los balances de las sociedades involucradas fueron auditados por empresas de prestigio internacional y, además, que se tributaron todos los impuestos pertinentes, es jurídicamente insostenible la hipótesis de lavado de activos», concluyeron los defensores.