La Corte Suprema de Justicia revocó hoy el decreto parlamentario que designó al senador del Frente de Todos Martín Doñate como representante por la segunda minoría en el Consejo de la Magistratura. La banca del senador en el recinto se logró gracias a una jugada de Cristina Kirchner en el Senado, que fue partir el bloque del Frente de Todos en dos subloques (Frente Nacional y Popular, y Unidad Ciudadana) para tener más representantes. En paralelo, los magistrados ordenaron poner en su lugar a Luis Juez, quien, junto con Humberto Schiavoni, fue quien presentó el amparo contra la maniobra de la vicepresidenta.
La sentencia fue dictada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. Ricardo Lorenzetti no firmó el fallo debido a sus diferencias con el renovado modelo del Consejo. El texto contiene 25 páginas en total y detalla exhaustivamente las razones por las cuales, según el máximo tribunal, el Senado rompió “las reglas más básicas del debido proceso legislativo”.
Según los antecedentes citados en el fallo, al momento de la sentencia, la segunda minoría correspondía al bloque Frente PRO, con nueve senadores, que propuso al senador Luis Juez como consejero. El bloque opositor comunicó su postulante a la presidencia del Senado el 13 de abril. Pero cinco días después, la primera minoría, el Frente de Todos, definió dividir su bloque y reclamar así la designación del consejero. Para la Corte, esta decisión del Frente de Todos «desconoce el principio de buena fe, cardinal en las relaciones jurídicas», según la resolución conocida hoy.
El fallo de la Corte Suprema
En sus párrafos iniciales, la Corte Suprema también consideró que “la Presidencia del Senado no solo designó al representante de ‘Unidad Ciudadana’ sin convocar al ‘Frente PRO’ para escuchar sus posiciones, sino que lo hizo de espalda a los pedidos escritos que este último bloque ya le había presentado”. Por ese motivo, en el artículo 3 de la resolución, decretaron que «la partición del Bloque ‘Frente de Todos’ resulta inoponible a los fines de la conformación del Consejo de la Magistratura«.
Luego, la sentencia expuso que “las conductas descriptas, encaminadas a la obtención de un rédito político violentando la finalidad y el espíritu de las normas que gobiernan el procedimiento aquí cuestionado, imponen recordar que, como ya ha sostenido este Tribunal en otras ocasiones, la obligación de respetar y acatar el proyecto de república democrática que establece la Constitución Nacional pesa también sobre los partidos políticos, por su condición de instituciones fundamentales del sistema democrático”.
De esta manera, al nombrar la maniobra como «un juego de sorpresas», los magistrados concluyeron que la partición «incumple con la finalidad representativa de la ley 24.937», la cual detalla la creación y el funcionamiento del Consejo. Por ese motivo y por lo dispuesto anteriormente, se declaró la nulidad del decreto parlamentario DPP N° 33/22.
El revés al kirchnerismo
La anulación del reclamo y la bajada de línea de la Corte Suprema es un revés de alto impacto para el kirchnerismo, que desde hace meses brega por una reforma judicial. Cabe destacar que el Consejo de la Magistratura es el organismo que toma la decisión de asignar y revocar magistrados en todos los juzgados. Además, la decisión se conoce horas antes del debate en el Congreso de la Nación para decidir quiénes serán los representantes parlamentarios para el Consejo, debido a su ampliación de 20 miembros.
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