La Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires aprobó la Ley de Alcohol Cero al volante. La sanción establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos. Se impondrán penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación. El proyecto había sido presentado por el Ejecutivo bonaerense e impulsado por el ministro de Transporte de esa provincia, Jorge D’Onofrio.
«Logramos un paso fundamental para salvar vidas en la provincia de Buenos Aires. Con Alcohol Cero al volante avanzamos como sociedad en algo tan necesario como cuidarnos entre todas y todos. Hoy, la persona que va a conducir sabe que no tiene que tomar ni una gota de alcohol para hacerlo con responsabilidad», sostuvo D’Onofrio.
La iniciativa modifica la Ley 13.927 del Código de Tránsito y crea tolerancia cero al volante en vehículos motorizados, por lo que se elimina el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre. “Buscamos generar un cambio cultural en la Provincia. No pasa por el hecho de poner penas más duras, no buscamos ser recaudadores, queremos ser los promotores de un cambio que nos ayude a tener todas las vidas valen”, remarcó D’Onofrio.
Según informaron fuentes oficiales, el alcohol está presente en uno de cada cuatro siniestros viales y es la primera causa de muerte de menores de 35 años. Durante 2022 hubo 6162 infracciones por alcohol al volante en rutas, calles y caminos de la provincia de Buenos Aires, según se desprende del informe anual del Observatorio Vial de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense.
¿Qué contempla la nueva ley de la provincia de Buenos Aires?
La nueva ley contempla penalidades como retención de la licencia e inhabilitación para manejar, arresto, multas y obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. Las puniciones tienen diferentes grados de aplicación de acuerdo a los niveles de alcohol en sangre detectados. Así, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar. Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses.
En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre. Por último, quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses. Durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.