Connect with us

Hola, qué estás buscando?

POLÍTICA

«Extraordinaria maniobra fraudulenta»: el tribunal publicó los argumentos de la sentencia contra Cristina Kirchner

Según el fallo judicial, Cristina Kirchner se benefició económicamente de las maniobras fraudulentas de Lázaro Báez.

Cristina Kirchner

El Tribunal Oral Federal 2 publicó los argumentos de la condena en la Causa Vialidad contra Cristina Kirchner a 6 años de prisión e inhabilitación de por vida a cargos públicos. En ese marco, los jueces ratificaron que la expresidenta fue parte del «plan criminal» al beneficiarse económicamente de las maniobras de Lázaro Báez con la empresa Austral Construcciones sobre la obra pública de Santa Cruz entre 2003 y 2015.

“Ha sido dirimente, en esa lógica, la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado a través de su participación en los beneficios económicos producto del delito obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra”, expresó el texto de 1616 páginas de los jueces que fue subido en PDF a las redes.

El Tribunal descartó la figura de la asociación ilícita contra Cristina porque no hay suficientes pruebas, pero si fue acusada por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. «La magnitud de la empresa criminal aquí investigada supuso una planificación y sofisticación magnífica, en la que actuaron diferentes niveles administrativos encolumnados bajo una misma finalidad», señaló el documento.

«Se ha acreditado la intervención en la maniobra de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner”, aseveró el papel firmado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

“Podemos afirmar que mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal para habilitar una respuesta punitiva”, afirmó el fallo judicial.

“La cartelización empresarial a favor de Báez -y permitida por Pavesi, Villafañe, Collareda, Daruich y Periotti- ha causado al Estado un perjuicio que este tribunal ha podido calcular, en valores netos, en la suma de seiscientos cuarenta y seis millones ciento veintitrés mil ciento cuarenta y cinco pesos con setenta y cinco centavos ($ 646.123.145,75)”, insistió el tridente de jueces federales.

“La evidencia ha demostrado que durante ese período las obras viales licitadas en esa provincia fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción (Santa Cruz)”, aclaró el documento.

“En definitiva, aún sin amistad ni sociedad formal, el lucro que obtenía Fernández de Kirchner gracias a Báez resulta más que suficiente para explicar el montaje de semejante operación defraudatoria. En ese sentido, la inconmensurable conveniencia económica que representaba para la ex Presidenta contratar con quien fuera el principal constructor de obra pública vial en Santa Cruz durante su mandato, terminó orientando el accionar de la administración en favor de su persona y en detrimento del Estado, a múltiples niveles más allá del exorbitante perjuicio económico», aseguraron los magistrados.