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POLÍTICA

«Un trastorno institucional»: la Corte Suprema frenó los intentos de eludir la Constitución en Tucumán y San Juan

Juan Manzur y Sergio Uñac pretendían ser candidatos a pesar de estar vedados por sus respectivas Constituciones provinciales.

Corte Suprema
Corte Suprema

En cada tiempo de elecciones, existe un gobierno provincial que intenta avasallar a la propia Constitución de su territorio y desconoce los límites a la reelección. En este 2023, hubo dos que procedieron de esa forma: Tucumán y San Juan. Pero pese a que los gobernadores Sergio Uñac y Juan Manzur generaron artimañas para reinterpretar la ley, la Corte Suprema volvió a imponerse. Y suspendió este martes los comicios en ambos distritos.

El máximo tribunal aplicó así la jurisprudencia que había marcado con énfasis en dos casos en la última década. La primera, cuando Gerardo Zamora lo quiso hacer en Santiago del Estero y la otra, con Alberto Wereltineck en Río Negro. En ambos casos, la Corte Suprema a pesar de sus divisiones ratificó los valores republicanos de la alternancia y ratificó que por más que se intente, no es posible eludir el impedimento a la reelección indefinida.

Este martes salieron en simultáneo dos sendos fallos respecto a las elecciones provinciales en Tucumán y San Juan, que iban a desarrollarse este domingo 14 de mayo. En las sentencias, firmadas por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkratz y Juan Maqueda, la Corte se asume idónea para intervenir en las denuncias presentadas por la oposición, y dicta la medida cautelar que frena estos comicios hasta que no haya fallo de fondo.

Para la Corte Suprema, la historia política de la Argentina «es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que con menor o mayor envergadura y éxito intentaron forzar -en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución”. Y al respecto, enfatiza los artículos 1° y 5° de la Carta Magna nacional donde se entroniza este sistema de gobierno.

Todo se origina en la intención de Sergio Uñac de presentarse por tercera vez como candidato a Gobernador, luego de haberlo hecho y vencido en 2015 y 2019. La Constitución de su provincia habilita dos reelecciones, pero el escollo está en que él fue vicegobernador de José Luis Gioja en 2011, y está estipulado que ese cargo debe computarse como un primer mandato.

Algo similar se da con Manzur. El actual gobernador asumió en 2015 y fue reelecto en 2019. Por ello está vedado para reelegir en el primer lugar. Su intento es el de presentarse como Vicegobenador de Osvaldo Jaldo, desafiando la norma que aquí también señala que ello ya computa como el del líder del Ejecutivo. “Es evidente entonces que ese acto electoral podría producir en breve un trastorno institucional de difícil reparación«, argumenta la Corte Suprema. Una postura coherente con la sostenida ya en los casos citados y que evita avasallamientos a la Constitución y la República.