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ECONOMÍA

El Gobierno nacional oficializó el aumento en las escalas del monotributo: los nuevos montos

Además, estableció que el medio aguinaldo de este mes quedará exento del pago del impuesto a las Ganancias.

monotributo

El Gobierno nacional oficializó este viernes un aumento del 41% en las escalas del monotributo, que se hará efectivo a partir del 1º de julio y alcanzará a casi cinco millones de pequeños contribuyentes. Asimismo, la Casa Rosada publicó el decreto a través del cual el medio aguinaldo de este mes quedará exento del pago de impuesto a las Ganancias para los salarios brutos de hasta $ 880.000.

En cuanto a las nuevas escalas de monotributo, la medida se formalizó por medio del Decreto 315/2023, publicado en el Boletín Oficial. De este modo, los parámetros de ingresos brutos anuales del Régimen Simplificado ascenderán a $ 1.414.762,58 para la categoría A; $ 2.103.025,45 la B; $ 2.944.235,60 la C; $ 3.656.604,33 la D; $ 4.305.799,15 la E; $ 5.382.248,94 la F; $ 6.458.698,71 la G; $ 7.996.484,12 la H; $ 8.949.911,06 la I; $ 10.257.028,68 la J; y $ 11.379.612,01 la K.

Los parámetros dispuestos deberán, asimismo, considerarse para la recategorización correspondiente al primer semestre calendario de 2023, aclaró el Poder Ejecutivo. A la vez, dispuso que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Carlos Castagneto, realizará las adecuaciones que sean necesarias para implementar las modificaciones.

El Gobierno justificó la actualización de las escalas del monotributo “a efectos de sostener la inclusión económica y social de los contribuyentes de menor envergadura”. Según datos oficiales, hay 4.781.614 de monotributistas en el país: 2.894.352 pertenecen a la categoría A; 642.137 a la B; 359.565 a la C; 350.964 a la D; 180.989 a la E; 185.074 a la F; 107.562 a la G; 49.608 a la H; 7.471 a la I; 2.575 a la J; y 1.317 a la K.

En cuanto a las novedades sobre Ganancias, el Gobierno dispuso que el medio aguinaldo de este mes quedará exento del pago de ese tributo para los salarios brutos de hasta $ 880.000. La decisión se formalizó por medio del Decreto 316/2023, también publicado en el Boletín Oficial. Además, se estableció que los agentes de retención deberán proceder a la devolución de las sumas retenidas en exceso en el año fiscal 2023.

A tales fines, tendrán que confeccionar una liquidación adicional de manera de calcular las sumas y proceder a su reintegro, en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el pago de las remuneraciones devengadas por junio y julio de 2023. Según el decreto, el beneficio derivado deberá exteriorizarse en los recibos de haberes utilizando la leyenda “Exención Impuesto a las Ganancias – Sueldo Anual Complementario 2023”.

Asimismo, la AFIP quedó autorizada a realizar las adecuaciones normativas necesarias para la aplicación de este ajuste. El Gobierno evaluó que “si bien mediante el Decreto Nº 267 del 10 de mayo de 2023 se ha adelantado la actualización de la remuneración y/o haber bruto que da derecho a la exención del Sueldo Anual Complementario para el período 2023, se estima oportuno establecer, en esta ocasión, un nuevo importe”.

“En efecto, y con la finalidad de continuar instrumentando políticas económicas tendientes a mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores y las trabajadoras que ha asumido el Poder Ejecutivo Nacional, se considera apropiado que el monto indicado en el inciso z) del artículo 26 de la ley del tributo ascienda a $ 880.000”, enfatizó la Casa Rosada.