La Corte porteña habilitó a Jorge Macri a competir como jefe de Gobierno de la Ciudad POLÍTICA El Intransigente

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La Corte porteña habilitó a Jorge Macri a competir como jefe de Gobierno de la Ciudad

El máximo tribunal de la Ciudad rechazó las impugnaciones que había sobre la postulación de Jorge Macri para ser candidato en el distrito.

La Corte Suprema de la Ciudad de Buenos Aires decidió habilitar la precandidatura a jefe de Gobierno de Jorge Macri. El exintendente de Vicente López había sido impugnado por haber sido el mandatario municipal de dicho partido y por, supuestamente, no cumplir con los requisitos que establece la legislación vigente. Previamente, la Corte Suprema de Justicia se declaró incompetente para decidir.

Por cuatro votos contra uno, el máximo tribunal de la Ciudad ratificó lo dicho por el Tribunal Electoral porteño, que también le había dado el visto bueno al ministro de Gobierno. De esta forma y luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se negara a intervenir en el caso, quedó ratificada su postulación para competir en la interna de Juntos por el Cambio el próximo 13 de agosto contra el radical Martín Lousteau.

Qué dice el fallo que habilitó a Jorge Macri

«De acuerdo a las constancias del expediente y lo analizado por el Tribunal Electoral, el precandidato residió en la Ciudad de Buenos Aires, de manera habitual y permanente, entre los años 1987 y 2006. Y el Tribunal Electoral habilitó su precandidatura al tener por acreditado ese período y concluir que la residencia exigida no debía entenderse como inmediatamente anterior a la elección, sino que, invocando el principio de participación, y, a su entender, en favor de la solución más compatible con el ejercicio de los derechos, podría ser cualquier periodo de cinco años previo», menciona como argumento el fallo.

Asimismo, el documento que elaboraron los jueces del tribunal justifican su decisión a partir de un análisis gramatical. Mientras que los denunciantes afirmaron que «los cinco años anteriores» son los últimos, el Tribunal Superior declaró que la Constitución de la Ciudad no lo postula así.

«El argumento del a quo de que no es exigible para ese cargo que la residencia sea inmediata como lo exigen los arts. 70 y 112 CCABA para los legisladores y para los jueces del Tribunal Superior de Justicia se apoya en una versión distorsionada de la letra del art. 97 CCABA», explica el documento que benefició a Jorge Macri.

En conclusión, se resolvió rechazar los recursos de apelación deducidos por Eugenio Justiniano Artaza y Vanina Natalia Biasi. Asimismo, se ordenó mandar que se registre, se notifique con carácter urgente y con habilitación de días y horas inhábiles y, oportunamente, se devuelva al Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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