Avalan el sobreseimiento de Hernán Lombardi y Marcelo López Alfonsín por la causa de la Alianza POLÍTICA El Intransigente

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Avalan el sobreseimiento de Hernán Lombardi y Marcelo López Alfonsín por la causa de la Alianza

Tras una investigación que se extendió durante dos décadas, en 2022 la jueza María Servini sobreseyó ambos imputados.

La Corte Suprema avaló indirectamente los sobreseimientos del diputado de Juntos por el Cambio, Hernán Lombardi, y del camarista porteño Marcelo López Alfonsín. Ambos fueron investigados por la compra de varios campos en San Luis durante el gobierno de la Alianza, entre los años 1999 y 2001.

Se trata de una decisión adoptada por Lombardi, exsecretario de Turismo e interventor en Parques Nacionales, en diciembre de 2000, para la «compra de la estancia San Nicolás», en San Luis, con la justificación de «proteger el medio ambiente», informó NA.

Allí se iba a crear una reserva de pastizales y la preservación de la especie venado de las Pampas, con una inversión 2.618.000 pesos/dólares. En esos años regía la Ley de Convertibilidad, el famoso «1 a 1». Sucesivas demoras en la escrituración obligaron al Estado a pagar un adelanto y, después, compensaciones por la tardanza y —al final— la operación se frustró.

Tras una investigación que se extendió durante dos décadas, en 2022 la jueza María Servini sobreseyó ambos imputados (López Alfonsín era director de Parques Nacionales) y la Cámara Federal confirmó esa decisión. Durante la confusa tramitación, López Alfonsín había llegado hasta la Corte objetando la continuidad de la causa. Pero en el ínterin surgió el sobreseimiento a su favor.

Según la jueza, los funcionarios estaban «apremiados por un concreto peligro de desaparición del medio a proteger por los procesos de modificación del método de explotación agrícola/ganadera en la zona, con presiones nacionales y compromisos internacionales y sin una normativa o procedimientos propios del organismo para tal operación».

A raíz de ello, la Corte, advirtió que sus fallos «deben atender a las circunstancias existentes al momento en que se los dicta. Aunque aquellas sean sobrevivientes a la interposición del remedio federal». «La cuestión traída a estudio se ha tornado abstracta. Por ello, se declara inoficioso un pronunciamiento del Tribunal», resumieron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. El cuarto juez, Ricardo Lorenzetti, no firmó.

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