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Cámara de Diputados: comenzará a tratarse la Ley de blanqueo

La Cámara de Diputados comenzará a tratar la Ley de blanqueo tras la citación del legislador oficialista, Carlos Heller.

La Cámara de Diputados comenzará a tratar la Ley de blanqueo tras la citación del legislador oficialista, Carlos Heller. El presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda citó a los miembros para este martes. En Juntos por el Cambio trataron de postergar lo máximo posible. Con el tiempo estipulado cumplido, se iniciará el tratamiento de una nueva ley.

En contraposición con el Senado, la Cámara de Diputados empezó a levantar vuelo luego de un largo período sin sesionar. La última semana se trató una de las leyes más necesarias, la Ley de Alquileres. La oposición consiguió que se le dé media sanción a la reforma. Los puntos que más se destacan son el regreso del contrato de dos años y la actualización de precios de forma cuatrimestral.

“En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a cuatro meses”, dice el proyecto que incentivó Juntos por el Cambio. Ya con la media sanción, se deberá aguardar por la resolución de la Cámara de Senadores.

Unión por la Patria no quiso quedarse atrás e impulsó la Ley de blanqueo. El tratamiento comenzará este martes luego de que Carlos Heller cite a los miembros para las 18 en la sala del 2º piso del Anexo C. Según informó NA, la semana pasada ya se había llevado a cabo una reunión informativa donde participó el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, y del director de Aduanas, Guillermo Michel.

De qué trata la ley

El proyecto fija un plazo de 360 días corridos desde la entrada en vigor de la ley para acceder al blanqueo, que comprende a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas. La alícuota que se aplicará cuando exista repatriación será -sobre el monto exteriorizado- de un 5%, desde la entrada en vigencia de la ley y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos; de un 10%, hasta 240 días después; y de un 20% para los declarados entre los 240 y 360 días desde que se haya puesto en marcha.

Los bienes comprendidos en el blanqueo son: la tenencia de moneda nacional y extranjera en el país, tenencia de moneda extranjera en el exterior, activos financieros del país o del exterior (acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales), criptoactivos (criptomonedas, monedas digitales o instrumentos similares, títulos, bonos), -inmuebles en el país o en el exterior y demás bienes tanto en el país como en el extranjero, incluyendo créditos.

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