José Luis Espert, diputado de Juntos por el Cambio, manifestó que la suma fija de 60.000 pesos fijada por el equipo de Sergio Massa a todos los trabajadores del sector privado y público que están bajo relación de dependencia es «inconstitucional». En ese sentido, Espert también dijo que la medida atenta contra la propiedad privada, porque el salario debería ser un acuerdo entre el empleador y el empleado de acuerdo a las ganancias particulares de la empresa.
«El gobierno no puede decidir un aumento de salarios privados. Es totalmente inconstitucional. Impide el libre ejercicio de una industria lícita (Art 14) y atenta contra la propiedad privada (Art 17)», expresó Espert en su cuenta personal de Twitter. Sin embargo, la medida venía siendo aclamada por las centrales obreras y Massa prometió ayudar a pagar la suma a las pequeñas y medianas compañías que no puedan hacerlo.
«Mas que plan «platita», es el plan darle «on and on» a la impresora de billetitos del BCRA», arremetió el economista liberal, dejando en claro que en el Estado no hay dinero genuino para sostener una suma fija sin emitir dinero desde el Banco Central. Lo cierto es que el dinero será para los trabajadores que cobren hasta 400.000 pesos por mes como máximo y será dividido en 2 cuotas mensuales.
Por otro lado, el ministro de Economía también anunció una suma fija para trabajadores de casas particulares de hasta 25.000 pesos en 2 cuotas. En un momento en el que la economía y las políticas fiscales están en el centro de la discusión pública, las decisiones del gobierno, incluyendo estas medidas de suma fija, continúan siendo objeto de análisis y debate en diferentes sectores de la sociedad.
¿Qué dice los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional citados por Espert?
El artículo 17 relata: «La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones ni exigir auxilios de ninguna especie».
En cuanto al artículo 14 expresa claramente la propiedad privada: «Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender».
La ATE exigió más dinero
El secretario General electo de la Asociación de Trabajadores Estatales (ATE), Rodolfo Aguiar, sentenció que la suma fija de $60.000 anunciada por el ministro de Economía para los trabajadores de la administración pública resulta «insuficiente» para restituir el poder de compra perdido a partir de la devaluación. «Estamos frente a un parche y no una decisión que permita mejorar las condiciones de vida de todos los trabajadores que se encuentran debajo de la línea de la pobreza», concluyó el Aguiar.