Connect with us

Hola, qué estás buscando?

POLÍTICA

Ley de Alquileres al ritmo de Javier Milei: más libertad en los contratos y sin intervención del Estado

El inquilino al negociar su propio contrato con el propietario, las opciones serán más favorables para ambos.

Javier Milei

El presidente argentino, Javier Milei, ha dejado su huella en la legislación de alquileres con la firma de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece una serie de cambios significativos en las locaciones de inmuebles para residencia. La derogación de la Ley de Alquileres anterior marca un punto de partida para un nuevo conjunto de normativas.

De acuerdo a lo publicado hoy en el Boletín Oficial el contrato entre locador y locatario podrá ser en cualquier moneda pactada y la actualización del monto a pagar en determinados plazos será acordado entre ambas partes sin intromisión del Estado. Además, el contrato podrá ser por la cantidad de años que decidan ambos a diferencia de antes que solo se permitía hasta 3 años de extensión.

El locador ya no se encuentra automáticamente obligado a cubrir los costos de mejoras realizadas por el locatario, a menos que exista un acuerdo previo entre ambas partes y también posee la facultad de rescindir el contrato ante cualquier incumplimiento del locatario, expandiendo sus opciones más allá de las tres causales establecidas anteriormente como falta de pago por parte del inquilino, uso indebido del inmueble e incumplimiento de las obligaciones acordadas en el contrato.

Se establece una limitación para que el locatario no pueda rescindir el contrato en caso de que el inmueble resulte inhabilitado para su uso debido a daños causados directa o indirectamente por él mismo. Por otro lado, se introduce una nueva opción que permite la resolución anticipada del contrato en cualquier momento, siempre que el inquilino abone el 10% del monto total de los alquileres hasta el fin del contrato. Este cambio proporciona una mayor flexibilidad para aquellos que deseen rescindir antes del término previamente establecido.

Milei avanza hacia una economía con menos intervención del Estado

Estos cambios, según Milei, buscan eliminar rigideces en la legislación de alquileres, proporcionando un marco más adaptativo a las necesidades cambiantes del mercado. Sin embargo, críticos argumentan que podrían afectar los derechos de los inquilinos, generando un debate en torno a la justicia y equidad de las nuevas disposiciones.

Se sostiene que las restricciones impuestas por la normativa previa generaban obstáculos para el dinamismo del mercado inmobiliario y obstaculizaban la inversión en el sector. Esto es cierto, ya que en CABA las propiedades en alquiler eran las más bajas en la historia y los precios aumentaban anualmente por encima de la inflación.

Todos los cambios en la Ley de Alquileres bajo el DNU de Milei

PuntoDescripción
1Contrato en Cualquier Moneda: Bajo las nuevas reglas, los contratos de alquiler pueden ser pactados en cualquier moneda, ofreciendo flexibilidad en la elección de divisa.
2Pago en la Moneda Pactada: El inquilino está obligado a realizar sus pagos en la moneda acordada en el contrato, y los jueces no pueden modificar esta disposición.
3Actualización Flexible: Se permite cualquier tipo de actualización, brindando a las partes la posibilidad de acordar condiciones de ajuste sin restricciones específicas.
4Plazo Contractual Libre: El contrato puede tener cualquier duración, eliminando así el plazo mínimo que anteriormente limitaba la flexibilidad en los acuerdos.
5Responsabilidad por Mejoras: El locador ya no tiene la obligación automática de pagar por las mejoras realizadas por el locatario, salvo acuerdo mutuo.
6Rescisión por Incumplimiento: El locador puede rescindir el contrato por cualquier incumplimiento, no limitándose a las tres causales establecidas anteriormente.
7Daños al Inmueble: El locatario no puede rescindir el contrato si el inmueble queda inhabilitado para su uso debido a daños causados directa o indirectamente por él mismo.
8Resolución Anticipada Flexible: Se introduce la posibilidad de una resolución anticipada del contrato en cualquier momento, con el pago del 10% del monto total de los alquileres hasta el fin del contrato.