El Ministerio de Seguridad deberá explicar cómo se elaboró el protocolo antipiquetes POLÍTICA El Intransigente

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El Ministerio de Seguridad deberá explicar cómo se elaboró el protocolo antipiquetes

La cartera de Seguridad deberá explicar su hoja de ruta y si recibieron denuncias sobre el protocolo antipiquetes.

El juez federal Sebastián Casanello emplazó hoy al Ministerio de Seguridad para que en 72 horas explique «pormenorizadamente el procedimiento que precedió» a la emisión del Protocolo que aplica ante manifestaciones y piquetes callejeros desde la asunción del gobierno de Javier Milei, el 10 de diciembre del 2023, pocos días antes del anuncio del «protocolo antipiquetes» de Patricia Bullrich.

El Ministerio de Seguridad deberá informar «todos sus antecedentes y su hoja de ruta y los dictámenes jurídicos previos realizados«, así como «informar si fueron consultados otros organismos del Estado, entre ellos el Ministerio de Justicia  –y su Secretaría de Derechos Humanos-, y si fueron consultadas -formal o informalmente- organizaciones de la sociedad civil y/u organismos internacionales».

Casanello le dio el carácter de habeas corpus a una acción presentada por Celeste Fierro, diputada porteña del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) en el Frente de Izquierda Unidad. «Corresponderá precisar los fundamentos jurídicos considerados para adoptar los lineamientos incluidos en el ‘Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación’ y si existió un examen de adecuación a las normas internacionales de derechos humanos», señaló el juez.

La cartera a cargo de Patricia Bullrich «deberá informar si desde la puesta en vigencia del Protocolo se recibieron denuncias en orden a excesos en el ejercicio de las funciones de las fuerzas policiales y de seguridad federales en cumplimiento de tales lineamientos, haciendo saber qué medidas llevó a cabo en consecuencia» de esas eventuales denuncias.

En el mismo contexto, el Ministerio «deberá hacer saber si se dedujeron otros planteos judiciales -habeas corpus, amparos u otros- contra la resolución de los que tenga conocimiento y, en su caso, qué trámite se les dio, en qué estado se encuentran y si desde la órbita de ese Ministerio se dispuso algún acto administrativo consecuente».

El juez invocó «las observaciones efectuadas y la información requerida por el Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, la Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, y la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos, de la ONU», según NA.

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