La Justicia dispuso hoy habilitar la feria para hacer lugar a la medida cautelar que le ordena al Gobierno nacional la restitución de alimentos a los comedores. Se trata de una causa que involucra a la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, quien fuera denunciada en los primeros meses de Gobierno por el dirigente social Juan Grabois.
La luz verde la dio el juez federal en lo contencioso administrativo, Martín Cormick, al pedido de de la UTEP, que lidera Grabois. De esta manera, la cautelar que emitió el juez Lara Correa se mantiene vigente y obliga al oficialismo a mantener los programas alimentarios, acorde precisó NA.
Qué determina el fallo
El fallo de la Justicia señala que habilita la feria al único «efecto de proseguir con la tramitación del cumplimiento de la medida cautelar resuelta en la causa». Además de la UTEP, el escrito fue promovido por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
En el texto, la organización social y el CELS pidieron que la Justicia «ordene al Estado Nacional de manera preventiva que mantenga las políticas alimentarias vigentes y asegure su ejecución siempre que se verifiquen los requisitos normativos esenciales que deben reunir los destinatarios, hasta tanto se resuelva el presente proceso constitucional».
A lo que Cormick consideró que la cautelar tenía que ser concedida «pues en el caso median circunstancias suficientemente excepcionales al efecto para tener por configurada la urgencia exigida para habilitar la feria judicial».
La novela entre Pettovello y Grabois inició hace casi dos meses cuando el peronista denunció la existencia de varias toneladas de alimentos no perecederos retenidos en los galpones de Villa Martelli, Provincia de Buenos Aires, y en la ciudad de Tafí viejo, en Tucumán.
Cómo está la causa
La Cámara Federal de Casación Penal declaró el 2 de julio “inadmisible” la apelación que presentó el Ministerio de Capital Humano que cuestionaba la medida cautelar para distribuir los alimentos retenidos en depósitos. De esta manera, la cartera nacional había intentado acusar al Poder Judicial de entrometerse en las delegaciones del Poder Ejecutivo.
“Del análisis realizado en razón de lo previsto por los artículos 444 y 465 del CPPN (Código Procesal Penal de la Nación) surge la inadmisibilidad de la vía intentada, pues la recurrente no logra rebatir de modo concreto y acabado los argumentos expuestos en la resolución impugnada”, dice la resolución de Casación Penal. Y remata que “ello priva al recurso de la fundamentación requerida”.
Días después, la Justicia Federal continuó con los allanamientos en comedores, depósitos y merenderos de las organizaciones sociales investigadas por supuestas extorsiones a beneficiarios de planes sociales. De todos los hallazgos, el que llamó la atención de los peritos fue en un almacén en Florencio Varela, en donde encontraron leche en polvo, polenta, harina, pan y yerba vencidos.