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ECONOMÍA

La AFIP oficializó cómo quedan las categorías de monotributo desde agosto

El organismo confirmó los nuevos topes de facturación. En tanto, la recategorización se puede hacer hasta el 2 de agosto.

Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer este domingo los nuevos valores para las categorías de monotributo tras la ampliación de los montos máximos de facturación dispuestos con la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, también denominada “paquete fiscal”. Las nuevas escalas regirán a partir del próximo 1 de agosto.

En este sentido, es importante recordar que el organismo recaudador ya había extendido el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto, según se estableció en la Resolución General 5523/24 publicada la última semana en el Boletín Oficial. Se trata de un procedimiento obligatorio para todo monotributista que haya facturado más de lo que la categoría permitía.

Con todo en cuenta, la tabla de topes de facturación anual completa queda de la siguiente manera: Categoría A: Valor anterior: $ 2.108.288,01 / Valor nuevo: $ 6.450.000. Porcentaje de aumento: 206%. Categoría B: Valor anterior: $ 3.133.941,63 / Valor nuevo: $ 9.450.000. Porcentaje de aumento: 202%. Categoría C: Valor anterior: $ 4.387.518,23 / Valor nuevo: $ 13.250.000. Porcentaje de aumento: 202%.

En tanto, la Categoría D pasará de $ 5.449.094,55 a $ 16.450.000, con un porcentaje de aumento de 202%; Categoría E: Valor anterior: $ 6.416.528,72 / Valor nuevo: $ 19.350.000. Porcentaje de aumento: 202%. Categoría F: Valor anterior: $ 8.020.660,90 / Valor nuevo: $ 24.250.000. Porcentaje de aumento: 202%. Categoría G: Valor anterior: $ 9.624.793,05 / Valor nuevo: $ 29.000.000. Porcentaje de aumento: 201%.

Por su parte, la Categoría H pasará de $ 11.916.410,45 a $ 44.000.000, con un porcentaje de aumento de 269%; Categoría I: Valor anterior: $ 13.337.213,22 / Valor nuevo: $ 49.250.000. Porcentaje de aumento: 269%. Categoría J: Valor anterior: $ 15.285.088,04 / Valor nuevo: $ 56.400.000. Porcentaje de aumento: 269%. Categoría K: Valor anterior: $ 16.957.968,71 / Valor nuevo: $ 68.000.000. Porcentaje de aumento: 301%.

Al mismo tiempo, se aclaró que no ingresarán el impuesto integrado los trabajadores independientes promovidos o aquellos asociados a cooperativas inscriptos en el Registro Nacional de Efectores. Tampoco lo harán los asociados a cooperativas cuando sus ingresos brutos no superen la suma máxima establecida para la categoría A.

Además, quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales; los menores de 18 años; los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles, según el organismo a cargo de Florencia Misrahi.

También quedan exceptuadas las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo y quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/1994. En tanto, se aclaró que los jubilados (por leyes anteriores o ley actual) quedan exceptuados de ingresar aportes a la obra social.