La Justicia procesó este viernes al exministro de Salud de Alberto Fernández, Ginés González García, en la causa del “vacunatorio VIP” en medio de la pandemia de Covid-19. Se trata del escándalo por las irregularidades en la administración de vacunas contra el coronavirus. La resolución sobre González García la tomó la titular Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5, María Eugenia Capuchetti.
En la resolución conocida este viernes, Capuchetti procesó al exfuncionario y trabó embargo sobre sus bienes -por $ 130 millones- por considerarlo “coautor penalmente responsable del delito de abuso de autoridad y peculado”, consignó NA. La magistrada también embargó a los exfuncionarios Alejandro Salvador Costa, Marcelo Ariel Guille, Alberto Alejandro Maceira, María Elena Borda, Lucrecia Silvia Raffo, Silvia Cristina Bacigalupo y Graciela Beatriz Torales.
La polémica por la que se inició la causa tuvo lugar en 2021, en medio de la pandemia de Covid-19, luego que el periodista Horacio Verbitsky revelara en su programa de radio que González García lo había contactado para ofrecerle la administración de la vacuna contra el coronavirus por adelantado, cuando todavía no le correspondía a él, sino a otros grupos prioritarios.
Por lo cual, el foco de la investigación estuvo puesto en el funcionamiento de un vacunatorio paralelo ubicado en el Ministerio de Salud durante la gestión de González García. Dentro de la cartera también se encontraba la sucesora de Gonzalez García, Carla Vizotti, quien llegó a afirmar públicamente que nunca se enteró ni vio el vacunatorio paralelo donde, según el expresidente Alberto Fernández, varias personas “se adelantaron de la fila”.
Según el fallo, a González García se lo acusa de “haber ilegítimamente ordenado, ejecutado o avalado en infracción a los deberes inherentes a su cargo que el 18/02/2021 se trasladara al Ministerio de Salud un equipo de vacunación del Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas con diez dosis de la vacuna contra el Covid-19 asignadas a dicho establecimiento”.
En esa línea, el fallo asevera que en ese marco se vacunó “indebidamente a la siguientes personas: Horacio Verbitsky, Jorge Enrique Taiana, Eduardo Félix Valdés, Florencio Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Salomón Schachter, Seza Manukian y Félix Eulogio Guille”.
A su vez, Capuchetti argumentó que, en esa fecha, ninguna de las personas que fueron inoculadas “cumplía con los criterios para vacunarse de acuerdo a lo establecido por los lineamientos técnicos de la Resolución MSAL Nº 2883/2020, dictada el 30/12/2020 por González García, complementaria a la Ley 27.491 de ‘Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación’, en la medida en que no integraban las categorías de ‘Personal de Salud’ o eventualmente ‘Personal Estratégico’”.