El Gobierno nacional ha confirmado que no dará marcha atrás con el controvertido decreto que modifica la Ley de Acceso a la Información Pública, a pesar de las críticas recibidas desde la oposición y diversos organismos. El anuncio fue realizado por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien defendió las nuevas disposiciones que resguardan la información privada de los funcionarios públicos.
Durante su habitual conferencia de prensa, Adorni explicó que el Decreto 780/2024, publicado en el Boletín Oficial, tiene como objetivo proteger «la privacidad de los funcionarios sin comprometer el acceso a la información gubernamental». El decreto ha modificado algunos conceptos clave de la Ley N° 27.275, incluyendo nuevas definiciones sobre «información pública» y «documento», y ha ampliado los criterios de excepción para acceder a ciertos datos.
El vocero subrayó: «El acceso a la información pública debe servir para informar a la sociedad, no para invadir la privacidad de los funcionarios». Adorni justificó la medida argumentando que en ocasiones anteriores se han recibido solicitudes de información que no guardan relación con la gestión pública, lo que consume recursos sin un verdadero beneficio para la ciudadanía.
En respuesta a las declaraciones de otros funcionarios que sugirieron posibles modificaciones a la ley, el economista libertario fue categórico: «No habrá cambios en este decreto. Guillermo Francos mencionó que estamos dispuestos a modificar leyes cuando sea necesario, pero este no es el caso».
«Durante esta gestión nos han preguntado qué marca de té tomamos, qué raza y color de mascotas tenemos, si nuestras mascotas son felices, cosa que no tiene por qué importar», justificó el vocero y agregó: «Nos preguntaron si el doctor (Alberto Fernández) cursó la Ley Micaela, cuántas materias dicta en la UBA. Queremos terminar con esto de consumir mucho recurso público y que no hace a que la gente esté enterada de lo que pasa».
El decreto de la discordia que Adorni defendió
El decreto también introduce cambios importantes en la definición de «documento», especificando que solo serán considerados documentos públicos aquellos generados, controlados o custodiados en el marco de la actividad estatal. Además, las deliberaciones preparatorias y los papeles de trabajo quedan excluidos de esta categoría, limitando aún más el acceso a la información.
Por otro lado, el decreto establece además nuevos requisitos para solicitar información, tanto para personas humanas como jurídicas. En el caso de las personas físicas, se deberá proporcionar nombre, documento de identidad, domicilio y correo electrónico, mientras que las personas jurídicas deberán presentar la razón social, C.U.I.T., y la identificación de su representante legal.
Sin embargo, aclararon que en el decreto no será riguroso en casos como el acceso a la información de graves violaciones a los derechos humanos, genocidio, crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad. En estos casos, los sujetos obligados deberán suministrar la información requerida en el marco de las causas judiciales, garantizando así que la justicia no se vea obstaculizada.