El Gobierno nacional reglamentó las autorizaciones para las operaciones aerocomerciales con aeronaves y personal extranjero. Esto quedó en manos de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que hoy habilitó estos procedimientos a través de la resolución 363/2024, publicada en el Boletín Oficial, donde se reglamentan los artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico (Ley 17.285).
Por medio de esta reglamentación, el Gobierno nacional delegó en la ANAC la implementación de los procedimientos necesarios para la habilitación de que personal extranjero de aeronáuticas y sus aviones desempeñen funciones comerciales en el país. Así, poco a poco el sector aeronáutico se comienza a abrir en Argentina, al igual que parte de la economía.
El Artículo 106 del Código Aeronáutico establece que se permitirá el empleo de personal extranjero en la aeronáutica argentina, bajo un plan de justificación de la tripulación, capacitación y validación de sus licencias. Por su parte, el Artículo 107 añade que se permitirá la incorporación de aeronaves matriculadas en el extranjero en aviación comercial y general a través de determinados procesos y cumplimentando estándares internacionales.
Para realizar dichas excepciones, la ANAC solicitará a las líneas aéreas interesadas toda la documentación pertinente para que tanto el personal aeronáutico pueda prestar los servicios en nuestro país como las aeronaves puedan operar. Los requisitos incluyen los planes de capacitación de los tripulantes junto con las habilitaciones técnicas y médicas correspondientes.
Para las aeronaves deberán presentar toda la documentación correspondiente que avale las condiciones técnicas y de mantenimiento de cada aeronave, como también los certificados que demuestren las condiciones de aeronavegabilidad de las mismas. Desde ANAC aseguran que esta es una manera de regular el mercado y que la competencia sea leal para todas las compañías.
La posición del ANAC
Por medio de un comunicado, ANAC afirma que «así, se deja atrás una política aeronáutica que ha limitado el desarrollo de esta industria, pilar fundamental de la integración federal y del desarrollo económico y turístico. La reforma del Código Aeronáutico conlleva la necesidad de adecuar y dictar una nueva reglamentación, de conformidad con los estándares internacionales en materia de comercio de bienes y servicios, procurando armonizar el régimen interno con el de los demás países de la Región y del mundo».
La primera empresa en hacer uso de esta nueva reglamentación será JetSmart que en el trascurso de este mes ingresará al país dos aviones con matrícula chilena. Se espera que para fin de año haya más aeronáuticas que se animen a esto, como también nuevas compañías que quieran volar desde Argentina hacia el interior y exterior del país.
Hoy por resolución 363/24 de la directora de @ANACargentina María Julia Cordero se reglamentaron los artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico profundizando la liberación de nuestro mercado aéreo.
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) October 4, 2024
Esto también se enmarca en el contexto de una auditoría donde la FAA (Federal…