El diputado nacional Álvaro Martínez, integrante de la La Libertad Avanza (LLA), presentó recientemente un proyecto de ley que busca modificar de manera significativa el artículo 4 de la Ley de Identidad de Género (Ley N° 26.743), promulgada el 24 de mayo de 2012. La iniciativa propone la prohibición del cambio de género en documentos oficiales tanto para menores de 18 años como para adultos que tengan condenas penales firmes.
Martínez expuso que el principal objetivo de su propuesta es salvaguardar a los menores de decisiones impulsivas relacionadas con su identidad de género. Argumentando que estas decisiones podrían estar influenciadas por factores externos como el entorno social o mediático. Según el diputado, es crucial que tales modificaciones se realicen en la adultez, cuando la persona cuenta con la madurez necesaria para definir su identidad de manera consciente y deliberada.
Adicionalmente, el proyecto busca evitar que individuos con condenas penales puedan modificar su identidad de género. Según Martínez, podría complicar el funcionamiento del sistema judicial y ser utilizada para evadir responsabilidades legales. El legislador mendocino enfatizó que esta disposición tiene como fin garantizar la seguridad pública y mantener la transparencia en los procesos judiciales, previniendo posibles abusos del sistema legal.
Regulación de la normativa
La iniciativa de Martínez surge en un contexto de intensas discusiones sobre la relación entre la autopercepción de género y su regulación legal. Desde LLA, se ha señalado que la propuesta pretende establecer un marco regulatorio más claro y robusto en torno a la identidad de género, asegurando que las decisiones en este ámbito estén alineadas con criterios de seguridad jurídica y madurez psicológica. Martínez destacó que la normativa actual podría generar vacíos legales que ponen en riesgo tanto a las personas involucradas como al sistema en su conjunto. Por ejemplo, subrayando la importancia de proteger a los menores de decisiones que podrían tener consecuencias emocionales y psicológicas significativas.
En su presentación, el diputado mencionó casos específicos donde se ha utilizado el cambio de género para obtener beneficios procesales o evadir penas. Como en el caso de ciertos femicidios donde los acusados alegaban haberse autopercibido como mujeres para reducir la severidad de las condenas. Martínez argumentó que estas prácticas comprometen la integridad del sistema judicial. Y también erosionan la confianza de la sociedad en las instituciones legales.
Modificaciones a la ley
El proyecto establece una serie de requisitos para proceder con el cambio de género en documentos oficiales. Entre ellos, se encuentra la edad mínima de dieciocho años, la presentación formal de una solicitud ante el Registro Nacional de las Personas, y la expresión del nuevo nombre de pila elegido. Además, las personas que hayan sido condenadas con sentencia firme no podrán solicitar la rectificación registral hasta haber cumplido la totalidad de la pena impuesta. Para los extranjeros con residencia legal en Argentina, también se estipula que no deben tener condenas firmes en tribunales nacionales o extranjeros para poder solicitar el cambio de identidad de género.
La propuesta de Martínez ha generado una amplia gama de reacciones en distintos sectores. Organizaciones defensoras de los derechos de las personas trans han expresado su preocupación por las implicancias que esta modificación podría tener sobre la libertad de identidad y la posible discriminación. Expertos en derechos humanos y salud mental han cuestionado la fundamentación científica y ética del proyecto. Argumentando que restringir el cambio de género podría afectar negativamente la salud y el bienestar de las personas trans.
Apoyo del bloque legislativo
Representantes de LLA han defendido la iniciativa, destacando la necesidad de establecer criterios claros que aseguren la integridad y transparencia en los procesos de cambio de identidad. Un portavoz del bloque declaró que es clave que las políticas públicas en este ámbito estén fundamentadas en principios de seguridad jurídica y protección social. Asegurando que las decisiones relacionadas con la identidad de género se tomen de manera responsable y con la debida consideración de sus implicancias.