La Corte Suprema de Justicia enfrenta una situación crítica tras la aprobación de un nuevo mecanismo para la designación de conjueces, un procedimiento que podría aplicarse en más de 200 causas pendientes. La medida, adoptada en diciembre pasado, generó divisiones entre los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y plantea serios interrogantes sobre la seguridad jurídica y el funcionamiento del máximo tribunal.
El 18 de diciembre, días antes de la jubilación del juez Juan Carlos Maqueda, la Corte aprobó un cambio en el sistema de nombramiento de conjueces. La modificación permite que los secretarios judiciales asignen causas a los mismos conjueces cuando se trate de casos análogos, con el argumento de evitar contradicciones en la jurisprudencia.
Los jueces Rosatti y Rosenkrantz defendieron la decisión señalando que «el objetivo es garantizar la seguridad jurídica», asegurando que un mismo conjuez resuelva situaciones similares para evitar que la jurisprudencia varíe constantemente. Sin embargo, Lorenzetti votó en contra y expresó su rechazo, argumentando que este mecanismo equivale a una sustitución de jueces, lo que pondría en riesgo la previsibilidad de los fallos.
“La falta de criterio es más grave aún cuando un juez que se retira pretende condicionar a quienes lo suceden”, sostuvo Lorenzetti, en una clara referencia a Maqueda.
La falta de conjueces y la urgencia de cubrir vacantes
Otro punto de conflicto radica en que las listas de conjueces están vencidas, por lo que la Corte Suprema ya notificó al Senado y al Poder Ejecutivo sobre la necesidad de designar nuevos integrantes para estos casos.
Según la normativa vigente, la ley 26.183 establece que el tribunal debe contar con cinco jueces y que sus fallos se toman por mayoría de al menos tres votos. En caso de recusaciones, excusaciones, vacantes o licencias, la ley 23.498 prevé la designación de conjueces a través de un sorteo entre los presidentes de las Cámaras Nacionales de Apelaciones. Si esto no fuera suficiente, se debe recurrir a una lista de conjueces propuesta por el Poder Ejecutivo y aprobada por el Senado.
La acordada reciente de la Corte incorporó un nuevo criterio que permite sortear conjueces en caso de falta de acuerdo entre los magistrados, lo que, según la disidencia de Lorenzetti, transforma en una práctica común un mecanismo que hasta ahora era excepcional.
Cuestionamientos jurídicos y posibles consecuencias
La decisión generó un fuerte debate en la comunidad jurídica. Uno de los principales cuestionamientos es si la Corte Suprema tiene facultades para modificar la ley 23.498 mediante una acordada o si esta es una potestad exclusiva del Congreso.
Otro aspecto polémico es la interpretación sobre el principio de juez natural, previsto en la Constitución. La participación de conjueces en casos ajenos a su jurisdicción podría afectar la imparcialidad y previsibilidad de las sentencias.
Además, con solo tres jueces en funciones, persiste la incertidumbre sobre si las decisiones relacionadas con el sorteo de conjueces requieren dos o los tres votos del tribunal, lo que podría alterar la definición de mayoría establecida por la ley 26.183.
Un tribunal con fallos paralizados y sin horizonte claro
Mientras se espera la designación de nuevos integrantes en la Corte, la falta de consensos internos amenaza con paralizar la resolución de casos clave. La incertidumbre sobre el uso de conjueces, sumada a la falta de definiciones políticas sobre las vacantes en el tribunal, deja a la Justicia en un limbo.
El Poder Ejecutivo y el Senado tienen ahora la responsabilidad de avanzar en la designación de nuevos conjueces, pero la polarización política podría demorar el proceso. En tanto, la Corte Suprema enfrenta un escenario donde la falta de jueces podría comprometer su capacidad para dictar fallos en causas de gran relevancia para el país.