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POLÍTICA

Causa YPF: Argentina argumentó su posición para sostener la suspensión de la cesión de acciones

Los abogados afirmaron que la jueza fue en contra del criterio del Gobierno estadounidense y de todos los demás tribunales con su fallo.

YPF
La jueza Loretta Preska define este lunes si acepta la apelación de la Argentina y suspende la sentencia que ordena entregar el 51% de las acciones de YPF.

La Argentina presentó su descargo argumental en la Justicia estadounidense para buscar sostener la suspensión de la entrega de acciones de YPF que ordenó la juez Loretta Preska. Precisamente, los abogados argentinos presentaron los argumentos pertinentes en favor de que se mantenga la interrupción de la ejecución del fallo que obliga a la nación a entregar el 51% de las acciones de la compañía petrolera para pagar los US$ 16.000 millones.

De esta manera, se busca que el tribunal superior extienda la decisión durante todo el tiempo que dure el proceso de apelación de fondo. Actualmente, la pausa estipulada para cumplir el dictamen se limita al lapso que dure las actuales presentaciones de las partes. La presentación legal se respaldó en el apoyo del Departamento de Justicia norteamericano manifestando que «la juez Loretta Preska resolvió una cuestión jurídica contra del criterio del Gobierno de los Estados Unidos y de todos los demás tribunales que han abordado esta misma cuestión».

Asimismo, alertó que «ejecutar la orden de entrega de las acciones de YPF sin una suspensión del fallo causaría un daño irreparable a la República, ya que sería prácticamente imposible revertirla una vez concretada» y advirtió que una decisión en esa dirección «podría desatar un conflicto diplomático significativo, con implicancias sensibles en materia de política exterior».

Es por esto que los abogados que representan a la Argentina en el caso YPF consideraron que «otorgar la suspensión solo implicaría una demora moderada, especialmente considerando que el proceso avanza bajo un cronograma de presentación de argumentos de manera acelerada».

Caso Petersen/Eton Park

En este caso, la Argentina destaca que «tal como lo ha reconocido el propio Gobierno de los Estados Unidos, la orden de entrega de las acciones de YPF vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de un Estado extranjero» y que «la orden contradice lo dispuesto por la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos, ya que las acciones de YPF: se encuentran en territorio argentino, no han sido utilizadas por la República para actividades comerciales en los Estados Unidos, ni han sido empleadas en la actividad comercial que sirve de base a la demanda».

Además, indican que la orden también vulnera principios de cortesía (“comity”) internacional, al exigir a la República que incumpla su propia legislación interna. También argumentaron que los demandantes no lograron demostrar la existencia de un perjuicio en caso de que se suspenda la entrega de las acciones y que la ley argentina prohíbe su venta sin la aprobación de dos tercios del Congreso Nacional, lo que impide cualquier riesgo de “disipación” de los activos.

Los demandantes tampoco demostraron que la República no sufriría un daño irreparable si la orden no se suspende. La transferencia de las acciones implicaría la pérdida del control estatal sobre la principal empresa energética del país. Si las acciones fueran vendidas, el perjuicio sería irreversible, incluso si la Argentina resultara finalmente vencedora en la apelación.

Caso Bainbridge

En ese caso, la parte argentina sostiene que «la parte actora no logró justificar la necesidad de una garantía. La legislación argentina garantiza por sí misma el mantenimiento del statu quo, ya que, sin aprobación del Congreso, las acciones no pueden ser transferidas». También remarcaron que l»a actora no demostró que sufriría un perjuicio si se suspende la entrega de las acciones», según informó NA.