El Juzgado Federal de Río Gallegos rechazó la apelación presentada por el fiscal Julio César Zárate contra la inclusión de Cristina Kirchner en el padrón electoral para las elecciones legislativas previstas para octubre. La jueza Mariel Borruto fundamentó su decisión en la presentación extemporánea del recurso, es decir, fuera de los plazos establecidos por la ley, lo que invalida su tratamiento. Este rechazo, sin embargo, no resuelve la cuestión de fondo: la permanencia o no de la exmandataria en el padrón, decisión que ahora deberá tomar la Cámara Nacional Electoral (CNE).
El debate se centra en la condena firme contra Cristina Kirchner en la causa conocida como Vialidad, por la que fue sentenciada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Según el Código Penal argentino, artículos 12 y 19, y el artículo 3 inciso e) del Código Nacional Electoral, una persona condenada a una pena privativa de libertad superior a tres años queda automáticamente inhabilitada para votar. No obstante, la jueza Borruto consideró que tal privación infringe principios constitucionales y tratados internacionales suscritos por la Argentina.
«La privación del derecho al voto infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos», argumentó Borruto en su fallo. La magistrada, que subroga el juzgado federal de Río Gallegos, resolvió además declarar la inconstitucionalidad de los artículos que impiden a los condenados ejercer su derecho al sufragio, invocando jurisprudencia de la propia Cámara Nacional Electoral, como el llamado «Caso Zelaya».
En aquel precedente, el tribunal resolvió que la aplicación automática de la prohibición de votar a personas condenadas constituye una violación a derechos fundamentales, como la igualdad ante la ley, la dignidad humana y el principio de resocialización. En esa línea, Borruto recordó que el derecho a elegir a los representantes y participar en los asuntos públicos forma parte del conjunto de derechos humanos reconocidos por los instrumentos internacionales de los que Argentina es signataria y que tienen jerarquía constitucional.
La CNE pone a Cristina Kirchner fuera del padrón
La Cámara Nacional Electoral, integrada por los jueces Alberto Dalla Vía, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, ya había enviado una notificación solicitando la exclusión de Cristina Kirchner del padrón. Lo hizo tras la confirmación de su condena por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, la decisión de Borruto, al declarar inconstitucional la norma que inhabilita automáticamente a los condenados, desafía la interpretación tradicional y deja planteado un nuevo escenario jurídico.
La Cámara Electoral ha justificado en otras ocasiones la aplicación de estas inhabilitaciones en casos de delitos especialmente graves como lavado de activos, narcotráfico, corrupción, defraudación contra la administración pública o malversación de fondos, delito este último por el que fue condenada la expresidenta. Aun así, la postura del juzgado de Río Gallegos abre una discusión más amplia sobre el alcance de las restricciones electorales y su compatibilidad con el bloque de constitucionalidad federal.
En consecuencia, el caso seguirá bajo análisis de la Cámara Nacional Electoral, que deberá resolver si confirma o revoca la permanencia de Cristina Fernández de Kirchner en los registros electorales. La decisión final tendrá implicancias no solo sobre su situación personal y sus eventuales derechos políticos, sino también sobre la interpretación de derechos fundamentales en contextos de condenas penales firmes.