A principios de este mes, el gobernador Maximiliano Pullaro arremetió penalmente por el uso desleal de la imagen de Quini 6 con el único propósito de promocionar y difundir sitios de apuestas ilegales. En tal sentido, el Gobernador de Santa Fe, radicó una denuncia formal al conglomerado Meta Platforms Inc., cuyo propietario es el magnate estadounidense Mark Zuckerberg y que consiste en la suma de las empresas Facebook, Instagram, WhatsApp.

El juzgado federal Nº 2 de Santa Fe, por su parte, respondió de manera positiva al reclamo conjunto de la gobernación y la Lotería de Santa Fe, en tal sentido, instó a la plataforma Meta a eliminar absolutamente todas las publicidades que promocionen apuestas clandestinas mediante el uso de la marca Quini 6.
Desde el Poder Ejecutivo indicaron que la resolución supone un avance determinante tanto en la batalla contra el juego ilegal como en la defensa institucional de Quini 6. La decisión judicial, que cuenta con la signatura del juez Alurralde, compele, asimismo, a la empresa de Mark Zuckerberg a llevar a cabo un monitoreo permanente para prevenir otras publicaciones de características similares y a bloquear los medios de pago que emplean aquellos anunciantes que incurrieren en dicha práctica ilegal.
El rol de los usuarios
Por su parte, voceros de la Lotería de Santa Fe dieron cuenta de que la denuncia se impulsó principalmente gracias a los reiterados reclamos que los propios usuarios detectaron en redes sociales. En ese sentido, se utilizaba el uso de la marca “Quini 6” en anuncios que redirigían a plataformas ilegales de apuestas. De ese modo, se incurre en un daño no solo a la identidad del producto, sino y sobre todo a la confianza de los jugadores regulares de Quini 6.

La resolución del juzgado constituye una acción preventiva de daños, y se procedió a dar lugar a la medida cautelar luego de corroborarse la verosimilitud del derecho manifestado por la provincia de Santa Fe, que demostró ser la titular de la marca registrada “Quini 6” ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). Dentro de los fundamentos, el fallo hace énfasis en el riesgo de la reputación derivado de la asociación de la marca con actividades ilícitas y acompaña la intervención del Estado provincial para salvaguardar el juego oficial y a sus usuarios. En concreto, la medida se dictaminó contra las páginas que crean estos falsos anuncios, por presunto incurrimiento en la violación del artículo 301 bis del Código Penal, que refiere a la promoción del juego clandestino.