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POLÍTICA

ADEPA cuestionó el fallo que prohíbe la difusión de los audios de Karina Milei: «Limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión»

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas calificó como «un menoscabo de la libertad de pensamiento y de expresión» esta medida.

Karina Milei

La Justicia, tras una denuncia del Gobierno, prohibió la difusión de los audios de Karina Milei en medio del escándalo de coimas en el ANDIS. Frente a esto, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) rechazó la resolución del Poder Judicial. Sin embargo, no se han manifestado contra el Gobierno ni han cuestionado la presentación del Poder Ejecutivo.

«La reciente sentencia de la justicia en lo Civil y Comercial Federal por la cual se prohíbe a todos los medios de comunicación la difusión de audios presuntamente grabados en la Casa de Gobierno de la Nación atribuidos a la Secretaria General de la presidencia, es un nuevo ejemplo de esas órdenes estatales que limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa«, criticaron.

En este mismo sentido, argumentaron que «la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene resuelto que, con la sola excepción de la protección de la infancia y la adolescencia, cualquier medida preventiva que limite la circulación de información constituye un menoscabo de la libertad de pensamiento y de expresión«.

Además, señalaron que «la publicación de informaciones solo puede dar lugar a responsabilidades ulteriores y el gobierno puede promover la investigación y sanción de los delitos que puedan haber dado lugar a la grabación de los audios, del mismo modo que puede procurar la sanción de cualquier funcionario que haya violado sus deberes de secreto. Las prohibiciones preventivas, en cambio, son contrarias al artículo 14 de la Constitución Nacional y afectan el derecho de la ciudadanía a informarse y conocer hechos de relevancia pública que pueden -o no- influir en la formación de la opinión pública», completaron.

Resolución judicial

El fallo dela Justicia sobre la filtración de estos audios, indica: «1) Decretase la medida cautelar ordenando, solamente el cese de la difusión únicamente de los audios grabados en la Casa de Gobierno de la Nación, anunciados el día 29/08/2025- como fueran denunciados- que sean atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth Milei, a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web».

«2) Librese oficio, con habilitación de días y horas inhábiles al ENACOM en los términos del art. 400 del CPCCN, con copia de la demandada y del presente resolutorio», completa la resolución