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POLÍTICA

Causa Vialidad: Casación confirmó que Cristina Kirchner y otros condenados deberán pagar 684.000 millones

 

La expresidenta cuestionó el cálculo que hizo la Justicia y argumentó que debían abonar solo 42.000 millones, aunque lo desestimaron.

 
Cristina Kirchner

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano Hernán Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, confirmó que la expresidenta Cristina Kirchner deberá devolver la suma de 684 mil millones de pesos como consecuencia de la condena en la causa conocida como Causa Vialidad. La resolución judicial ratificó lo dispuesto previamente por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, que había actualizado el monto del decomiso utilizando el índice de precios al consumidor como parámetro para preservar el valor económico de lo considerado un beneficio ilícito.

La expresidenta había cuestionado con dureza el método empleado por los peritos de la Corte Suprema para calcular la cifra final. Cristina Kirchner sostuvo que, de acuerdo con los cálculos realizados por sus propios técnicos, el monto que correspondía confiscar debía ser de apenas 42.000 millones de pesos, y no los 684 mil millones que estableció el tribunal. Según su postura, el criterio adecuado debía basarse en la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina, lo que generaba una diferencia de cientos de miles de millones respecto del valor determinado oficialmente. Además, insistió en que no corresponde que sea la justicia penal la que lleve adelante el proceso, sino que el caso debería tramitarse en el fuero civil y comercial federal.

Sin embargo, los jueces desestimaron los argumentos de la defensa al señalar que la actualización mediante el índice de precios al consumidor es un criterio razonable y no arbitrario. Según el fallo, este método resulta idóneo para preservar el valor real del beneficio económico obtenido ilícitamente frente al efecto de la depreciación monetaria que atraviesa la economía argentina. De este modo, los magistrados consideraron que la defensa no logró demostrar ni errores de interpretación normativa ni arbitrariedades que habilitaran a modificar la resolución emitida por el tribunal oral en primera instancia.

El fallo de la Cámara también abordó otros planteos presentados por la defensa de la expresidenta, pero los declaró abstractos. Entre ellos figuraba un pedido de nulidad que había sido rechazado previamente por el tribunal oral y también la oposición a la denegación del efecto suspensivo del recurso de casación. La confirmación de la sentencia deja en claro que el decomiso es obligatorio y que no se trata de una medida optativa, sino de una consecuencia jurídica prevista expresamente en el ordenamiento legal argentino.

La defensa de Cristina Kirchner

La expresidenta había argumentado que dicha cifra «se tomó como definitiva sin debate previo, afectando el derecho de defensa y el principio de juez natural. No tengo bienes que sirvan a esos fines y que, consecuentemente, puedan ser ejecutados, tal como se desprende de la intimación que aquí respondo», señaló la titular del Partido Justicialista (PJ).

En ese marco, reiteró: «No tuve ni tengo en mi patrimonio cosas que hayan servido para cometer el hecho enjuiciado en autos, ni tampoco bienes o ganancias que resulten el producto o el provecho del referido episodio, y por ende, sean decomisables».