Un duro golpe judicial recibió Cristina Kirchner este lunes, luego de que la Cámara Nacional Electoral (CNE) revocara la decisión que le permitía votar en las elecciones legislativas de octubre. El tribunal, integrado por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, dejó sin efecto el fallo de la jueza federal de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien había dispuesto mantenerla en el padrón electoral de Santa Cruz a pesar de su condena en la causa Vialidad.
La medida marca un nuevo capítulo en la situación judicial y política de la expresidenta, condenada por corrupción, y abre un debate sobre los alcances de la inhabilitación para votar en casos de delitos graves. De esta manera, el tribunal reafirmó su posición respecto al papel del legislador para reglamentar el derecho al sufragio en situaciones específicas.
En su resolución, los camaristas sostuvieron que la Justicia de primera instancia deberá registrar la inhabilitación de la exmandataria en el padrón, con fundamento en la condena penal ya comunicada.
Los fundamentos de la decisión
Según explicó la CNE, en Argentina una persona condenada con pena de prisión mayor a tres años queda automáticamente inhabilitada para votar. Esto se desprende de los artículos 12 y 19 del Código Penal y del artículo 3 inciso e) del Código Nacional Electoral.
En ese sentido, el tribunal recordó que si bien en ocasiones anteriores declaró inconstitucional la aplicación automática de esta prohibición, también reconoció que existen delitos —como corrupción, lavado de activos, narcotráfico o malversación de fondos públicos— en los que la inhabilitación resulta justificada.
“Desde esa comprensión, el Tribunal mantuvo siempre una posición respetuosa de las potestades del legislador para reglamentar el derecho de sufragio de las personas afectadas por las normas cuya inconstitucionalidad declaró”, subrayaron los camaristas.
Bajo ese marco, señalaron que debe considerarse tanto la naturaleza del delito como las circunstancias procesales de cada caso. En el de Cristina Kirchner, remarcaron que la condena por corrupción encuadra dentro de las situaciones que justifican la restricción al voto.
El fallo de primera instancia y la jurisprudencia citada
La jueza Borruto había resuelto mantener a la expresidenta en el padrón apelando a la jurisprudencia del propio tribunal electoral. En particular, citó el llamado Caso Zelaya, donde se determinó que la prohibición automática de votar vulneraba derechos fundamentales como la igualdad, la dignidad humana y el principio de resocialización.
De esa manera, en su fallo, la magistrada sostuvo que “privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal” y que las normas que fundamentaban la exclusión “no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad” exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En esa línea, argumentó que “el derecho a elegir libremente a un representante integra el universo de Derechos Humanos reconocidos en los principales instrumentos internacionales que nuestro país incorporó al derecho interno con jerarquía constitucional”.
Sin embargo, la Cámara consideró que esas circunstancias no resultaban aplicables en el caso de Cristina Kirchner. Por lo tanto, ordenó revocar la medida de Borruto y proceder a registrar su inhabilitación electoral.
Un precedente clave en plena campaña
El fallo no solo tiene un fuerte impacto político por tratarse de la principal referente del kirchnerismo, sino que además sienta un precedente para futuros casos de dirigentes condenados por delitos de corrupción. En este contexto, la decisión de la CNE refuerza la idea de que el derecho al voto no es absoluto y puede ser limitado cuando median delitos que afectan directamente al sistema democrático y a la administración del Estado.
? La expresidenta Cristina Kirchner recibió este lunes un duro revés: no podrá votar en las elecciones legislativas del próximo 26 de octubre.
— Radio Mitre (@radiomitre) September 15, 2025
?? La Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó el fallo de la Justicia electoral de Santa Cruz que permitía a la exmandataria continuar… pic.twitter.com/YFrhvcMWRk