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POLÍTICA

La Cámara Nacional Electoral habilitó a Diego Santilli a encabezar la lista de La Libertad Avanza en Buenos Aires

 

El tribunal revocó el fallo del juez Ramos Padilla. La resolución reafirma la legalidad del reemplazo de José Luis Espert por Santilli y marca un revés para el kirchnerismo.

 
Santilli

La Cámara Nacional Electoral resolvió este sábado que Diego Santilli encabece la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires, tras revocar el fallo de primera instancia del juez Alejo Ramos Padilla, quien había dispuesto que la reemplazante de José Luis Espert fuera Karen Reichardt. La decisión del máximo tribunal electoral confirma la validez del reemplazo conforme a la ley de paridad de género y al Decreto 171/2019, dejando sin efecto la interpretación que había sido cuestionada por los apoderados del espacio libertario.

El fallo, firmado por los jueces Santiago Corcuera y Daniel Bejas, con la ausencia de Alberto Dalla Via por licencia, representa un triunfo político y jurídico para el oficialismo, que había advertido que la decisión de Ramos Padilla carecía de sustento legal y afectaba la voluntad popular expresada en las listas originales. Con esta resolución, Santilli —ex vicejefe de Gobierno porteño y una de las figuras más conocidas del espacio liberal— será quien encabece finalmente la boleta de La Libertad Avanza en el distrito más importante del país.

Críticas al fallo de Ramos Padilla

La Cámara consideró que el juez de primera instancia se había apartado injustificadamente de la normativa vigente, al declarar inconstitucional la aplicación del mecanismo de reemplazo por género idéntico previsto en la ley 27.412. Según el tribunal, la decisión de Ramos Padilla implicó “una interpretación subjetiva”. Y que no encontraba respaldo ni en el Código Electoral Nacional ni en la jurisprudencia previa del propio organismo.

El fallo remarca que el principio de paridad de género “es de orden público”. Y no puede ser modificado por interpretaciones personales ni por la voluntad de las partes. En ese sentido, la Cámara recordó que la legislación argentina se ajusta a los compromisos internacionales. Especialmente los asumidos por el país en materia de igualdad política entre hombres y mujeres. Como por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención contra la Discriminación de la Mujer.

Fundamentos legales del fallo

Asimismo, los magistrados enfatizaron que el decreto reglamentario 171/2019 no introduce nuevas reglas. En su lugar, “replica lo dispuesto en el artículo 164 del Código Electoral Nacional”. Este establece que los reemplazos deben realizarse con candidatos del mismo género para mantener la alternancia establecida por la ley. De esa manera, el tribunal ratificó que la sustitución de Espert por Santilli cumple plenamente con los criterios legales y paritarios vigentes.

En otro tramo del pronunciamiento, la Cámara cuestionó el “exceso de interpretación” del juez Ramos Padilla, al señalar que su fallo “desconoció la voluntad legislativa” y “distorsionó precedentes aplicables a otras categorías de cargos”. Los camaristas también advirtieron sobre los riesgos institucionales de que los jueces se aparten de la letra de la ley basándose en visiones personales. Una práctica que consideraron “incompatible con el sistema republicano y el principio de división de poderes”.

La importancia institucional del fallo

El tribunal destacó que la declaración de inconstitucionalidad de una norma “debe ser el último recurso del orden jurídico”. Y solo procede ante una contradicción manifiesta con la Constitución Nacional, situación que —según remarcaron— no se verificó en este caso. En consecuencia, el fallo ordena al juzgado de primera instancia “adecuar la lista de candidatos de La Libertad Avanza conforme a la pauta de sustitución prevista en el artículo 7 del Decreto 171/2019”.

La decisión fue celebrada por dirigentes y apoderados del oficialismo. Consideraron que la resolución “restaura la legalidad del proceso electoral y pone límite a los intentos de manipular las listas por motivos políticos”. Desde La Libertad Avanza, destacaron que el fallo “ratifica la institucionalidad y la independencia del Poder Judicial frente