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POLÍTICA

El Gobierno recusó al juez que declaró inválido el veto de Javier Milei a la ley de discapacidad

 

La Procuración del Tesoro pidió apartar al juez Adrián González Charvay por presunto prejuzgamiento en el amparo colectivo que cuestiona el decreto que suspendió la aplicación de la ley de emergencia en discapacidad.

 

El Gobierno nacional avanzó este jueves con una presentación formal para apartar al juez federal de Campana, Adrián González Charvay, del expediente en el que había admitido el trámite colectivo de un amparo contra el decreto que dejó en suspenso la aplicación de la ley de emergencia en discapacidad. La recusación fue presentada por la Procuración del Tesoro, que consideró que el magistrado incurrió en prejuzgamiento al pronunciarse sobre cuestiones de fondo antes de resolver el litigio.

De acuerdo con fuentes judiciales, el escrito oficial remarcó que la sentencia del 5 de noviembre “incurrió en prejuzgamiento toda vez que se pronunció sobre aspectos que constituyen el fondo de la cuestión”, al sostener que el Decreto 681/25 suspendió la Ley 27.793. Para el Gobierno, esa afirmación contradice su posición jurídica y afecta la imparcialidad requerida para seguir interviniendo en la causa.

La Procuración argumentó que el juez definió cuestiones sustanciales sin haber escuchado adecuadamente a todas las partes y antes de ingresar a la discusión constitucional de fondo. Por ese motivo solicitó su apartamiento por “causa legítima”.

El antecedente del veto presidencial declarado inválido

El conflicto judicial se remonta a agosto, cuando González Charvay declaró inválido el veto del presidente Javier Milei a la ley que estableció la emergencia en discapacidad. La norma, sancionada a inicios de julio, actualizaba aranceles de prestadores, creaba una pensión no contributiva por discapacidad equivalente al 70% del haber mínimo y ordenaba regularizar deudas del sistema de salud.

El fallo generó un fuerte contrapunto institucional, ya que el Gobierno había objetado el impacto fiscal de la ley. Y advirtió que el Congreso no especificó las fuentes de financiamiento para un gasto estimado en más de $3 billones para el período 2025-2026.

El Senado insistió con la ley y el Ejecutivo la promulgó con restricciones

Tras la decisión judicial, la oposición en el Senado impulsó una insistencia legislativa y volvió a aprobar la norma en septiembre. Y con respaldo de casi todo el arco opositor. El Ejecutivo la promulgó el 22 de ese mes, aunque aclaró que su aplicación dependerá de la aprobación de las partidas correspondientes.

En los considerandos del decreto se detallan los costos proyectados: la nueva pensión demandaría $2,16 billones en 2025 y $4,7 billones en 2026. El programa Incluir Salud implicaría otros $574.200 millones este año y $1,23 billones el próximo. Y la compensación económica a prestadores supondría $278.323 millones adicionales.

El amparo colectivo que originó la recusación

Tras el decreto del Poder Ejecutivo, dos representantes legales —identificados como O.G.J y D.R.N— presentaron un amparo colectivo en el Juzgado Federal de Campana solicitando que se declare la inconstitucionalidad del artículo 2 del Decreto 681/2025. El Ministerio de Salud objetó la legitimación de los actores, pero el juez rechazó ese planteo el 5 de noviembre y delimitó el alcance del “colectivo” involucrado.

Esa resolución motivó la respuesta del Gobierno. Para la Procuración del Tesoro, al definir que el decreto “suspendió” la ley, el magistrado adelantó opinión sobre el fondo de la disputa. Por ese motivo, el Ejecutivo consideró indispensable apartarlo antes de que avance cualquier otra instancia procesal.

Ahora deberá resolverse si la recusación prospera y si González Charvay es reemplazado por otro magistrado. El expediente continúa en trámite y el Gobierno mantiene la postura de que la ley solo podrá aplicarse con financiamiento real asignado por el Congreso. Y dado el impacto fiscal que implica.