El Gobierno dispuso el otorgamiento de asueto administrativo para el personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2025, mediante un decreto firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni. La medida fue publicada este lunes de madrugada en el Boletín Oficial y alcanza a todos los trabajadores del Estado nacional.
Según el texto oficial, la decisión busca facilitar los preparativos y los desplazamientos familiares en vísperas de Navidad y Año Nuevo, fechas que la legislación argentina reconoce como feriados nacionales inamovibles los días 25 de diciembre y 1° de enero, conforme a lo establecido en la Ley N° 27.399. En ese marco, el decreto remarca el valor simbólico de estas celebraciones en la vida social y cultural del país.
En los considerandos, el Decreto 883/2025 señala que «tales fechas poseen un arraigado significado cultural, social y familiar para la población argentina y para quienes habitan en el territorio de la República Argentina, constituyendo tradicionalmente motivo de reunión, celebración y acercamiento entre familiares y seres queridos». Bajo esa premisa, Javier Milei entiende que las vísperas suelen destinarse a la organización de encuentros, viajes y reuniones familiares.
Los argumentos del Gobierno
El Gobierno fundamentó además que los días 24 y 31 de diciembre se utilizan habitualmente para realizar traslados y preparativos, por lo que consideró «oportuno facilitar la organización, descanso y disfrute de las festividades, permitiendo que las personas puedan disponer de un tiempo razonable para concretar los preparativos, desplazamientos y actividades vinculadas a dichas conmemoraciones».
El decreto de Javier Milei también destaca el impacto positivo que el asueto puede tener sobre el sector turístico, al favorecer los desplazamientos internos y el aprovechamiento de días no laborables para actividades recreativas en distintas regiones del país. En ese sentido, se subraya que la medida no implica un costo adicional para el Estado nacional.
Qué pasa con el sector privado
Por el contrario, para el ámbito privado no hay asueto, sino que cada empleador podrá decidir si concede el día libre a sus trabajadores. En tal caso, si la empresa decide que no se trabaje, ese día no será un feriado, de modo que no se generará un pago adicional. Según establece la normativa vigente, el 24 y 31 de diciembre son días laborales como cualquier otro y los trabajadores recibirán pago estándar por su jornad acompleta.
