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ECONOMÍA

El Gobierno actualiza el Régimen Penal Tributario y eleva los montos para delitos fiscales

 

La reforma incrementa umbrales de punibilidad, modifica sanciones y busca reducir la litigiosidad tributaria.

 
Luis Caputo

El Gobierno Nacional puso en marcha el nuevo Régimen Penal Tributario en Argentina, con el objetivo de actualizar los montos de punibilidad, modernizar los procedimientos y desalentar la persecución penal de infracciones menores, según la nueva ley publicada en el Boletín Oficial.

La reforma eleva de manera significativa los pisos para considerar la existencia de evasión. Así, la evasión simple pasa de $1,5 millones a $100 millones por tributo y año fiscal, mientras que la evasión agravada se incrementa de $15 millones a $1.000 millones, lo que redefine el alcance penal del sistema.

Cambios en los delitos y en la acción penal

Además, se actualizan los montos de otros delitos tributarios. La evasión de recursos de la seguridad social tendrá un mínimo de $100 millones y su modalidad agravada se fija en $10 millones, mientras que el aprovechamiento indebido de beneficios fiscales se penalizará desde los $7 millones.

Por otro lado, la retención indebida de aportes de la seguridad social será punible cuando supere los $20 millones. Estos cambios se encuentran contemplados en la Ley 27.799, conocida como “Inocencia Fiscal”. La norma sustituye artículos clave de normas tributarias y del Código Civil y Comercial.

Prescripción, regularización y nuevo esquema simplificado

En cuanto a la acción penal, la ley establece que el fisco no denunciará si el contribuyente cancela la deuda y los intereses antes de la denuncia. Sin embargo, este beneficio solo podrá utilizarse una vez por persona física o jurídica.

Si el proceso ya estuviera iniciado, el imputado tendrá 30 días hábiles para pagar la deuda más un 50% adicional, lo que extinguirá la causa. Asimismo, se reduce de cinco a tres años el plazo de prescripción para contribuyentes cumplidores, salvo que exista una discrepancia significativa.

Finalmente, la norma crea un régimen de declaración jurada simplificada para personas humanas con ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonio inferior a $10.000 millones. Además, se establece que los montos se actualizarán anualmente por UVA desde 2027, aportando previsibilidad al sistema.