La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) solicitó al ministro de Economía, Luis Caputo, reducir las multas que serán aplicadas a través de la recientemente aprobada Ley de Inocencia Fiscal en base al «alto prejuicio» que estas podrían provocarle a las pequeñas y medianas empresas. La Ley de Inocencia Fiscal, aprobada en diciembre de 2025 contempla multas de hasta 10 millones de pesos para las personas jurídicas que cometan fraude fiscal.
A través de una carta, las autoridades de la CAME presentaron el pedido formal para realizar una reducción porcentual de las multas establecidas por la nueva ley. La organización presidida por Ricardo Diab mencionó que Caputo «posee la capacidad de instruir a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a dictar normas complementarias a lasa leyes y decretos vigentes«.
«Le acercamos una propuesta de reducción porcentual de los importes fijados para las multas previstas por los artículos 38, sin número, incorporado a continuación del artículo 38; artículo 39 y primero y segundo, sin número, incorporados a continuación del artículo 39 que contempla la capacidad económica de los contribuyentes», especificó la misiva firmada por Diab y la secretaria General de CAME, Beatriz Tourn.
La propuesta de CAME
Este es el segundo escrito que la organización dirige a Caputo, el primero data del 26 de diciembre pasado, donde también se manifestaron por el monto de las multas y su posible impacto en las pymes.
En esta oportunidad, la CAME solicitó no calificar como «gran contribuyente individual» a las Microempresas y personas humanas, pidiendo además una reducción del 90%; para las Pequeñas empresas, la reducción sería del 70%; para las Medianas Empresas del Tramo I, correspondería una baja del 40%; y finalmente, para las Medianas Empresas del Tramo II, sería del 20%.
La nueva ley: más permisiva, pero con castigos más severos
Con la Ley de Inocencia Fiscal, el Gobierno Nacional planteó modificaciones al Régimen Penal Tributario, a los Procedimientos Fiscales y al Código Civil y Comercial de la Nación, e introduce un Régimen de Declaración Jurada Simple; y elevó los valores de las multas aplicadas a los contribuyentes que no cumplan con lo dispuesto.
Según la nueva ley, se considera que una persona cometió el delito de «evasión simple» cuando supera los 100 millones de pesos; y la «evasión agravada» queda reservada para casos en los que superan el puso de 1.000 millones de pesos. Para las personas humanas, las multas escalan hasta casi 5 millones de pesos; mientras que las personas jurídicas podrían llegar a pagar más de 10 millones en caso de incumplir.
