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POLÍTICA

Javier Milei promulgó la Ley de Modernización Laboral y avanzan cambios clave en el mercado de trabajo

 

La ley de modernización laboral impulsada por Javier Milei y aprobada por el Congreso introduce cambios profundos en el mercado de trabajo. Qué cambia.

 
Javier Milei
Javier Milei

El presidente Javier Milei promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802, sancionada por el Congreso el pasado 27 de febrero. La medida fue oficializada a través del Decreto 137/2026 y representa una reforma profunda del mercado de trabajo argentino, con cambios en indemnizaciones, convenios colectivos, plataformas digitales y servicios mínimos durante conflictos laborales.

La promulgación de la norma fue firmada también por el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello. Desde el Gobierno sostienen que el objetivo es modernizar la legislación laboral, promover la formalización del empleo y generar nuevas condiciones para atraer inversiones.

A partir de la reforma, se introducen modificaciones en la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744. La normativa redefine el concepto de trabajo y excluye expresamente del régimen laboral a trabajadores independientes, prestadores de plataformas tecnológicas y personas privadas de libertad. Además, limita la presunción de relación de dependencia cuando existan facturación o pagos bancarios que acrediten otro tipo de vínculo.

Cambios en indemnizaciones y nuevos fondos laborales

Uno de los puntos centrales es el nuevo esquema de indemnización por despido sin causa. El artículo 245 establece que el trabajador recibirá un mes de sueldo por cada año de antigüedad, calculado sobre la mejor remuneración mensual del último año. A su vez, la ley fija que esa indemnización será la única reparación económica, salvo en casos vinculados a delitos penales.

La reforma también crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), patrimonios destinados a cubrir obligaciones indemnizatorias. Las empresas deberán aportar mensualmente el 1% de la masa salarial en grandes compañías y el 2,5% en micro, pequeñas y medianas empresas. Estos fondos serán administrados por entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores y comenzarán a regir desde el 1° de junio de 2026.

Plataformas digitales, huelgas y cambios sindicales

Otro capítulo relevante de la ley regula el trabajo en plataformas tecnológicas, estableciendo que quienes prestan servicios de movilidad o reparto serán considerados trabajadores independientes. Las empresas deberán brindar seguro de accidentes, capacitaciones y canales de reclamo, mientras que los prestadores mantendrán libertad para elegir horarios y aceptar o rechazar pedidos.

En paralelo, la norma eleva los servicios mínimos obligatorios durante huelgas. En los servicios esenciales se deberá garantizar el 75% de la prestación normal, mientras que en actividades consideradas trascendentales el piso será del 50%. También se amplía el listado de sectores esenciales, incorporando telecomunicaciones, seguridad privada, aeronáutica comercial y recolección de residuos.

Por último, la ley introduce cambios en los convenios colectivos y en los aportes sindicales, establece incentivos fiscales para promover el empleo registrado y prevé la derogación de estatutos laborales especiales desde 2027. Además, dispone la transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo al fuero laboral de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de un acuerdo entre el Estado nacional y la administración porteña.