La Cámara de Diputados tiene previsto convertir en ley este miércoles una reforma a la Ley de Glaciares que apunta a redefinir los criterios de protección de las zonas glaciares y periglaciares, con el objetivo de habilitar actividades de exploración y explotación minera en áreas que hasta ahora estaban vedadas. La iniciativa forma parte de una estrategia más amplia para atraer inversiones millonarias al sector minero, especialmente a través del régimen del RIGI incorporado en la Ley Bases de 2024.
El proyecto fue impulsado por el Gobierno a instancias de los mandatarios provinciales aliados, que ven en la minería una palanca clave para el desarrollo económico de sus distritos. Los gobernadores que lideran ese impulso son Raúl Jalil de Catamarca, Marcelo Orrego de San Juan, Gustavo Sáenz de Salta y Alfredo Cornejo de Mendoza, provincia que concentra el mayor desarrollo minero del país.
Uno de los cambios más sustanciales que introduce la reforma aprobada en el Senado es la modificación de los criterios de protección del ambiente periglacial, que son las zonas aledañas a los glaciares. Hasta ahora esas áreas contaban con resguardos estrictos que impedían cualquier tipo de actividad extractiva; la nueva norma busca flexibilizar esa restricción y también transfiere a las provincias la facultad de determinar qué zonas proteger y cuáles no, reduciendo así la injerencia del Estado nacional en esa decisión.
¿Qué dice la Ley de Glaciares?
Para entender el alcance de la reforma conviene tener presente qué establece la ley vigente. La Ley 26.639, sancionada en septiembre de 2010, fija los presupuestos mínimos para la protección de glaciares y del ambiente periglacial, y creó el Inventario Nacional de Glaciares, un registro destinado a identificar y catalogar todas las masas de hielo y geoformas periglaciares del territorio argentino.
Los glaciares del país alimentan 39 cuencas hidrográficas a lo largo de 3.500 kilómetros de la cordillera andina, y el inventario abarca unos 8.400 kilómetros de relevamiento. Ese inventario es precisamente uno de los puntos de mayor controversia. Los gobernadores que impulsan la reforma sostienen que el registro está desactualizado y no refleja la situación real del territorio, mientras que quienes defienden la ley actual argumentan que las dificultades para mantenerlo al día se explican por años de restricciones presupuestarias y falta de financiamiento.
La clave de la Ley de Glaciares
Otro de los ejes centrales de la Ley de Glaciares es la eliminación de la prohibición automática de actividades extractivas en zonas periglaciares. Bajo el esquema propuesto, esas actividades podrían autorizarse siempre que cuenten con una evaluación de impacto ambiental aprobada, lo que en la práctica reemplaza una veda general por un sistema de habilitación caso por caso.
El criterio que definen actualmente los estudios técnicos es si un área cumple una función hídrica relevante, es decir, si contribuye de manera significativa al abastecimiento de agua. Si esa función no puede acreditarse científicamente, la zona podría quedar habilitada para su explotación. Es justamente en ese punto donde se concentra buena parte del debate: los ambientalistas temen que la carga de la prueba recaiga sobre quienes deben demostrar el valor hídrico de un área, en lugar de exigir que sean los proyectos extractivos los que justifiquen su inocuidad.
