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POLÍTICA

«La solución debe ser política»: la explicación del juez K que legalizó la toma de tierras en La Plata

Al ser un predio público la toma de tierras fue un éxito y la Justicia no podrá intervenir, porque ya se comenzó la urbanización.

toma de tierras

El juez Ramos Padilla firmó un escrito donde muestra 16 razones por las cuales se archivó la causa por la toma de tierras en Los Hornos, La Plata. El predio pertenecía al Estado nacional. Entre las excusas insólitas que esgrimió fue que el predio ya había sido tomado dos años antes de que asumiera como titular del juzgado Federal, por lo tanto, su inacción como magistrado estaba justificada.

«Cuando asumí como titular de este Juzgado Federal en marzo del 2021, la toma y la ocupación del predio estaba ya se había consumado hacía más de un año y los informes daban cuenta que allí residían más de 200 familias», indicó Padilla en un corto y conciso texto donde explicaba los motivos de su inacción tras la usurpación ilegal de tierras del estatales.

«Para ese momento las autoridades judiciales que me precedieron, tanto federales como provinciales, no habían dispuesto el desalojo del lugar no habían formulado ningún tipo de imputación ni adoptado ninguna decisión que implicara el avance del proceso penal en su faz satisfactoria», explicó el juez como segundo motivo para resignar las tierras perdidas.

El Estado admitió que el inmueble no tenía destino útil, según Padilla

«Para esa fecha, el Estado nacional ya había cedido parte del terreno para el desarrollo de un proyecto urbanístico y para solucionar el problema habitacional de las familias que allí residen. Las autoridades públicas que son las que, en definitiva, poseen los recursos presupuestarios acordes para ello, ya habían establecido acciones concretas y mesas de diálogo destinadas a la urbanización del predio, a ofrecer soluciones habitacionales a las familias que allí residen y a la eventual relocalización de acuerdo a los estándares nacionales e internacionales que rigen en la materia», añadió.

«El Estado Nacional admitió que el inmueble ocupado no tenía un destino útil, ni una afectación específica. Por esa misma razón y entre otras, el Estado Nacional concedió el permiso del uso precario y gratuito de un sector del inmueble de su propiedad a la Subsecretaría de Hábitat de la provincia de Buenos Aires para el desarrollo de un plan habitacional», aseguró.

«En ningún momento y a más de dos años de trámite de la causa, ningún representante del Ministerio Público Fiscal, único órgano constitucionalmente habilitado para acusar de la comisión de un delito, formuló imputación alguna ni señaló si los hechos investigados constituían un delito. No se verificó ningún elemento de prueba que permita inferir que los ocupantes se valieron de violencia, amenazas, mentira, engaño, abuso de confianza o clandestinidad que fuera la causa directa del ingreso y ocupación del predio», remarcó el magistrado.

La iniciación del proyecto de urbanización anula la posibilidad de desalojo

«La Subsecretaría de Hábitat provincial que ejerce los derechos sobre el inmueble concluyó que las familias que tomaron el predio proceden, en su mayoría, de los barrios aledaños, donde viven en condiciones de hacinamiento como consecuencia de su crecimiento intrafamiliar y que dicho cuadro de situación los lleva a tomar la decisión de apropiarse de un lugar para vivir y desarrollar su vida cotidiana considerando además las restricciones estructurales del acceso a la vivienda agravada por la crisis social», insinuó.

«La propia Subsecretaría de Hábitat provincial afirmó que, con el proyecto de urbanización se podrá lograr la solución del conflicto que nos ocupa de forma alternativa, superadora de la aplicación de la norma penal correspondiente. El derecho penal o represivo es la última ratio en la resolución de conflictos y para intervenir se debe verificar la existencia de los requisitos típicos establecidos en alguna figura penal. Ello no impide que se pueda apelar a acciones administrativas y/o civiles para atender otras aristas vinculadas a la posesión del inmueble», agregó.

«En antecedentes recientes y similares, tales como la toma del parque indoamericano, la intervención de la justicia penal arrojó como resultado trágico 3 víctimas fatales y graves heridos, a partir de lo cual se decidió la formación de una mesa de diálogo», justificó el juez cercano al oficialismo tratando de explicar su inacción.

El ejemplo del caso del desalojo del Indoamericano

«Luego de la trágica experiencia del Indoamericano, en ese mismo expediente, la jueza a cargo señaló que la solución de un conflicto de esta índole debe ser política dada su naturaleza específica, corresponde que sea resuelta por un organismo con facultades para dar respuesta a una problemática como la que se suscita, que escapa al ámbito penal, dado que de otra forma se judicializaría un conflicto social, en el cual dicha injerencia agravaría la ya de por sí violentos hechos ocurridos… debiendo buscarse una alternativa que permita la solución pacífica del conflicto», afirmó.

«Este juez comparte en un todo la necesidad de una solución pacífica a este conflicto social como así también las recomendaciones y observaciones de los organismos internacionales. En estas actuaciones se verificó la existencia y el funcionamiento de la mesa de diálogo, se identificó a los organismo competentes que deben actuar y resolver la problemática planteada y se los instó judicialmente a concretar el proyecto de urbanización que se encuentra en desarrollo y a llevar las reubicaciones que fueran necesarias», aseveró.

«Por lo demás debe aclararse que el objeto de investigación en esta causa está ceñido exclusivamente a la ocupación inicial de los terrenos. Todo delito que pudiera haberse cometido con posterioridad dentro del inmueble, tales como la venta de lotes u otros a los que hacen referencia en las notas de prensa, son ajenos a los hechos a los que se circunscribe esta causa y están siendo investigados por otros magistrados», concluyó Padilla.

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