El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció este martes que en los próximos días se reglamentará en el Boletín Oficial la eliminación de retenciones a cuenta de IVA (Impuesto al Valor Agregado) y Ganancias en las ventas de comercios. Según el funcionario, se trata del “primer paso de una serie de medidas” tendientes a reducir el costo argentino. El presidente Javier Milei celebró el anticipo manifestando que se está “cumpliendo la palabra”.
“IMPORTANTE: Éste es el primer paso de una serie de medidas que reducirán significativamente el costo argentino y que iremos anunciando en los próximos 30 días”, introdujo Caputo en un posteo en la red social X, y tituló: “SE ELIMINAN LAS RETENCIONES A CUENTA DE IVA Y GANANCIAS EN LAS VENTAS DE COMERCIOS”.
El funcionario explicó que “en la reglamentación del Paquete Fiscal, el Ministerio de Economía amplió los beneficios al sector privado comprendidos en la norma y definió que ya NO habrá más retenciones a cuenta de Ganancias e IVA a los comercios en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago”. En este sentido, recordó que “el artículo 102 del Paquete Fiscal definía que estas excepciones tenían un límite equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs)”.
Luego, puntualizó que “la medida representa un enorme beneficio al sector privado formal que invierte y apuesta al crecimiento de la economía argentina”. La misma, a su vez, “permitirá fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos” y “también permite avanzar en los objetivos del Gobierno nacional de impulsar la actividad económica y fomentar la utilización de los medios de pago que otorgan mayor transparencia y formalidad a la economía”, ahondó Caputo.
Por último, el titular del Palacio de Hacienda indicó que “el Gobierno nacional también convoca a las provincias a que se adhieran a este régimen y eliminen las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida”. “La norma que será publicada en el Boletín Oficial esta semana implica que se dejan sin efecto los regímenes de retención mencionados para los pagos que se efectúen a partir del 1º de septiembre de 2024, inclusive”, concluyó.