La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha habilitado el sistema para que los contribuyentes realicen la recategorización en el Monotributo, considerando las nuevas escalas ajustadas según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de diciembre, que fue del 2,7%. Este trámite estará disponible desde este jueves hasta el 5 de febrero.
Con el objetivo de simplificar el proceso, la ARCA ha desarrollado la Recategorización simplificada. A partir de ahora, el portal del Monotributo mostrará automáticamente la facturación anual del contribuyente. Si los datos son correctos, se puede confirmar la nueva categoría; en caso de ser necesario, se podrá editar manualmente el monto. Además, el trámite se puede realizar desde dispositivos móviles mediante la app ARCA Móvil.
Como parte de esta modernización, también se lanzó el “Facturador”, un sistema que permite a los monotributistas emitir comprobantes electrónicos desde sus celulares, especialmente diseñado para pequeños comercios de proximidad.
La recategorización está disponible para quienes utilicen exclusivamente puntos de venta electrónicos y tengan al menos 12 meses completos dentro del régimen. En casos con menos de 12 meses de actividad, se proyectará la facturación anual aplicando una regla de tres simple. Por ejemplo, si un contribuyente facturó $5.000.000 en 8 meses, la estimación anual sería de $7.500.000.
Actualización de parámetros y exenciones
Los valores de las categorías y montos a pagar se actualizan semestralmente. Para esta recategorización, se consideraron los IPC de julio a diciembre. Los monotributistas no estarán obligados a recategorizarse si permanecen en la misma categoría o si no han transcurrido más de 6 meses desde el inicio de actividades.
ARCA puede realizar recategorizaciones de oficio en caso de incumplimiento, lo que conlleva una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional correspondiente. Las notificaciones se enviarán al domicilio fiscal electrónico del contribuyente.
Pago del Monotributo
El monotributo puede abonarse hasta el día 20 de cada mes. En febrero comenzarán a regir los nuevos valores. Los pagos deben realizarse exclusivamente por medios electrónicos, como Volantes Electrónicos de Pago (VEP), homebanking, tarjetas de crédito, débito automático o plataformas como Mercado Pago.
Tras la publicación del IPC de diciembre, el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias se elevó a $2.285.136 para solteros sin hijos y a $3 millones para casados con dos hijos. Además, los contribuyentes pueden deducir gastos en conceptos como alquileres, gastos médicos y educación, incluyendo útiles y herramientas para hijos de hasta 24 años.