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ECONOMÍA

Monotributo: cuáles son las nuevas escalas y la fecha límite del Gobierno nacional para la recategorización

La ARCA anunció que la fecha límite será el 5 de febrero para la actualización de las categorías.

Monotributo

El Gobierno nacional, a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), inició el proceso de recategorización para los contribuyentes del Monotributo. Según lo anunciado, los monotributistas tendrán tiempo desde el 15 de enero hasta el 5 de febrero para actualizar su categoría. Este ajuste se formalizó mediante la Resolución General 5637/2025, publicada en el Boletín Oficial, y refleja modificaciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), que incluyen un nuevo método de cálculo basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El nuevo esquema considera la variación semestral del IPC suministrada por el INDEC, con actualizaciones en enero y julio de cada año, tomando como referencia los semestres concluidos en junio y diciembre. Este cambio busca ajustar las categorías de los monotributistas de manera más precisa y alineada con la inflación acumulada. Además, se agilizan los procedimientos de recategorización, utilizando los datos disponibles en los sistemas informáticos del organismo, mientras que las notificaciones se realizarán en el Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los diez días hábiles posteriores al vencimiento del período.

Escalas ajustadas por inflación y nuevos montos

Los contribuyentes podrán estimar su categoría tomando como referencia la inflación del segundo semestre de 2024, que cerró en un 21,14%. La categoría “A” incluirá a quienes perciban hasta $7.813.530 anuales, con un impuesto mensual de $32.223, mientras que la categoría “B” abarca ingresos de hasta $11.447.730, con un tributo mensual de $36.681. Para quienes se encuentren en la categoría “C”, el límite será de $16.051.050, con un impuesto de $42.954.

La categoría “D” cubrirá ingresos de hasta $19.927.530, con un impuesto mensual de $55.050. En tanto, la categoría “E” incluirá a contribuyentes con ingresos de hasta $23.440.590, diferenciando entre quienes se dedican a la venta de bienes, que pagarán $77.951 mensuales, y quienes prestan servicios, que tributarán $70.440.

La categoría “F” será para ingresos de hasta $29.376.450, con impuestos de $98.103 para bienes y $84.535 para servicios. La categoría “G” se ajustará a un máximo de $35.130.600, con montos impositivos que oscilarán entre $103.328 y $149.845, dependiendo de la actividad. Por su parte, la categoría “H” se aplicará a ingresos de hasta $53.301.600, con impuestos de $340.081 para bienes y $206.827 para servicios.

En las categorías superiores, la “I” permitirá ingresos máximos de $59.661.450, con impuestos de $627.030 para bienes y $309.038 para servicios. La categoría “J” abarcará a quienes ganen hasta $68.322.960 anuales, con impuestos de $759.464 para bienes y $377.873 para servicios. Finalmente, la categoría “K” permitirá ingresos de hasta $82.375.200, con tributos de $1.050.386 para la venta de bienes y $456.800 para servicios.

Plazo límite y modernización del sistema

El plazo para la recategorización finaliza el 5 de febrero, y los contribuyentes podrán realizar el trámite a través de un sistema simplificado disponible en la web o en la aplicación del organismo. El Ministerio de Economía destacó que estas actualizaciones buscan modernizar y hacer más eficiente el Régimen Simplificado, permitiendo un mejor ajuste a la realidad económica y reduciendo la carga administrativa para los pequeños contribuyentes.