El Gobierno Nacional promulgó las diversas leyes aprobadas por el Senado durante el período de sesiones extraordinarias en 2025. El 20 de febrero marcó un día importante para el oficialismo, ya que durante la jornada se sancionó la suspensión de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para 2025, el Juicio en Ausencia, y la Ley de Reiterancia.
Mediante el Boletín Oficial se promulgaron las tres leyes impulsadas por el oficialismo y que contaron con el apoyo de importantes fuerzas políticas, como la Unión Cívica Radical (UCR) y un sector del kirchnerismo. Por un lado, la suspensión de las PASO se planteó como un ahorro en el presupuesto nacional; mientras que los ministerios de Seguridad y Justicia impulsaron reformas al Código Penal y Procesal Penal.
A través del Decreto 171/2025, el Gobierno promulgó la Ley 27.783, que establece la suspensión de las PASO durante el periodo electoral 2025. El proyecto original del oficialismo fue la eliminación de las Primarias, argumentando que esto generaría un ahorro estimado de 150 millones de dólares; además de plantear que las mismas se utilizaban para resolver internas en los partidos políticos. Desde el Gobierno instaron a los partidos a disputar sus internas «puertas adentro» con sus dirigentes y afiliados.
Las elecciones legislativas 2025 presentarán varias diferencias con ediciones anteriores. Aparte de la ausencia de las PASO, será la primera instancia en la que se votará mediante la Boleta Única de Papel, el modelo aprobado por el Congreso en 2024 y que reemplazará a las boletas partidarias tradicionales. Otro cambio, que aún no se aprueba pero podría influir en el armado de las listas, es el proyecto de Ley de Ficha Limpia, que prohibirá postularse a aquellas personas que tengan una condena firme en segunda instancia.
Juicio en Ausencia y Reiterancia: las modificaciones al Código Penal
Por otra parte, el Juicio en Ausencia fue promulgado a través de la Ley 27.784 y modifica el Código Procesal Penal para agregar el capítulo V, que permite juzgar por delitos graves a acusados que no se encuentren presentes. «Será aplicable únicamente en aquellas causas en las que se investigue la comisión de delitos en el territorio nacional, cuando sus efectos se produzcan en el mismo, o en lugares sometidos a su jurisdicción, o bien cuando se comentan en el extranjero por agentes o empleados de autoridades argentinas en desempeño de su cargo», explicó el Gobierno.
El juicio en ausencia se realizará en casos donde el imputado no se presente o no responda a las autoridades judiciales, aún conociendo la existencia del proceso en su contra o en caso de que se hagan «intentos razonables» por tenerlo presente.
La última normativa que se promulgará será la Ley de Reiterancia, mediante la Ley 27.785, que establece más modificaciones al Código Penal. En este caso se tendrá en cuenta la «reincidencia y reiterancia delictiva» en las imputaciones penales. Lo que modificará es que, al momento de evaluar la posibilidad de otorgar la excarcelación, los jueces puedan considerar la existencia de múltiples causas penales en trámite y catalogarlas como «indicio de riesgo procesal».