La Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT) se reunirá mañana en un Plenario Nacional de Secretarios Generales, Consejo Directivo y delegados de los gremios afiliados para definir el «plan de acción«, que incluye la posibilidad de un paro de actividades en rechazo a las recientes medidas del Gobierno nacional.
El plenario está convocado para este martes por la mañana en el Salón Felipe Vallese de la Confederación General del Trabajo (CGT), ubicado en Azopardo 802 de la Capital Federal. «Durante el plenario se evaluará el plan de acción a tomar respecto a las recientes medidas autoritarias que tomó el Gobierno Nacional vinculadas a la actividad del transporte como son la desregulación de la Marina Mercante y del sector aeronáutico, el desguace de Vialidad Nacional y el intento de atentar contra el derecho a huelga, entre otros temas», indicaron desde la CATT.
Desde la entidad que preside Juan Carlos Schmid señalaron, según informó NA, que «se informará sobre la evaluación y afectación de cada sector con respecto a los recientes Decretos, las próximas medidas a tomar por los gremios del transporte respecto a la actual situación».
Las medidas que enojaron a la CATT
El Gobierno dispuso por decreto la reglamentación del derecho de huelga en el transporte, la educación y la salud, lo que obligará a los sindicatos que protesten a garantizar un servicio mínimo de entre el 50% y el 75%. Esta modificación salió publicada la semana pasada en el decreto 340, junto a otras normativas, aunque esa fue la medida que más molestó.
En este documento se detalla en su artículo 2 que se declara como «servicio esencial a la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin».
Sin embargo, en su artículo 3 modifica la Ley de Reforma Laboral N° 25.877 y allí establece que «los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos«. «En ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare», señala el decreto.