Argentina tiene 176 gravámenes y junto con Italia es el segundo país con mayor carga tributaria luego de Brasil que ocupa el primer lugar, según un informe de Fundación Mediterránea. En ese marco, el contador Federico De Luca explicó cómo pueden hacer los empleados para pagar menos Impuesto a las Ganancias y aseguró que «es una de las consultas que más me hace la gente».
Esta mañana en el ciclo Buenos Días América, conducido por Antonio Laje, el profesional aclaró que la explicación abarcaba «a los empleados en relación de dependencia» e incluía «solamente el Impuesto a las Ganancias». En ese sentido precisó que «son trabajadores que tienen un régimen especial porque el empleador es el que les determina, les calcula y les retiene este impuesto».
«Es decir que hay un intermediario entre la Afip y el trabajador que es el empleador», marcó e indicó que «lo que pueden hacer los empleados es informar deducciones». «Son solo algunas deducciones que están estipuladas por ley y que tienen un tope o un valor específico», detalló y señaló que «una es el seguro de vida, te podés deducir del seguro de vida por lo que pagás del seguro tuyo, 24.000 pesos al año».
Acerca de si «ese era un valor lógico para un seguro de vida», el invitado sostuvo que «ese es el problema que tienen las deduccciones. Son los mismos valores para todos los empleados». Por eso, indicó que «en lo que es el seguro de vida, vos podés ser una persona joven y capaz ese valor está bien, pero no si sos una persona de edad más avanzada».
Deducción de Prepaga
«Si bien las deducciones son anuales, si el empleado las informa mensualmente, el empleador las carga mensualmente y te va computando una menor retención mensualmente», subrayó y agregó que otra deducción consiste en «la prepaga, 5% de la ganancia neta anual». «Para poder tomarte una prepaga, tiene que ser una prepaga que paqués vos como empleado para vos o tu grupo familiar y que no esté reintegrada por el empleador. Tiene que ser un gasto tuyo», recalcó.
Donaciones
Como tercera deducción, mencionó a las donaciones y precisó que acá también es «el 5% de la ganancia neta anual». En este punto hizo hincapié en que «las donaciones no se pueden hacer a cualquier persona o ente sino que tienen que ser organizaciones que estén registradas en Afip» y es por eso, que marcó que «primero tengo que corroborar con la Afip si puedo realizarle una donación a ese ente».
Créditos hipotecarios
En el cuarto puesto se ubicaron los créditos hipotecarios y acá el economista puso el foco en que «no puede deducirse la cuota». «Lo que se deduce es el interés que se paga por la cuota de un crédito hipotecario», señaló y puntualizó que «el tope es de 20.000 pesos por año». Se trata de un monto, que según aseveró, se actualizó por última vez en el 2001, lo que lleva a «que algunos informen la primera y segunda cuota y ya lleguen al tope de los 20.000 pesos», aseguró.
Gastos de sepelio
«Si te sorprendió la del crédito hipotecario, mirá esta, de los gastos de sepelio», ironizó De Luca y acto seguido, indicó que «gastos de sepelio, $996,23 al año y no se actualiza desde 1992». Luego nombró a los alquileres y marcó que «fue una de las últimas que se introdujo». «Podés tomar 40% de lo que pagás del alquiler, obviamente tiene que estar facturado y tenés que tener el contrato de locación», remarcó. En este caso, el tope es de $250.000.
Servicio doméstico
«Podés tomar este alquiler siempre y cuando sea tu casa habitación y que vos no seas titular de ninguna otro propiedad ni de ningún porcentaje», resaltó y a modo de ejemplo, precisó que «tu hermano te anotó en un 5% de un campo que tiene, no podés tomar esta deducción». Luego se encuentra servicio doméstico que cuenta con el mismo tope que para el alquiler y aquí el monto corresponde al mínimo no imponible que se actualiza todos los años. Además, detalló que se deduce lo que se paga de sueldos y lo que se paga de aportes.
Honorarios y asistencia médica
«Así como la prepaga se puede dedicir, si la persona va a un médico, hay un tema de asistencia médica por fuera de la prepaga y entonces, lo tiene que pagar de forma particular, se puede deducir el 40% de la factura», explicó y añadió que «también con un tope del 5% de la ganancia neta anual».
Deducciones personales
Por último, colocó el acento en las deducciones personales, o sea, las que abarcan a conyugues, hijos y mínimo no imponible de deducción especial y aseguró que «son las que más suman». «Son solo familiares directos: conyugues o hijos», enfatizó. Para concluir, recalcó que «estas deducciones pueden hacerse de forma mensual, pero si se realizan anualmente, al año siguiente, el empleador hace un recálculo y te devuelve el excedente que te retuvo».