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SOCIEDAD

Advierten que el alivio fiscal para monotributistas es “insuficiente”: las siete razones

El proyecto presentado por Sergio Massa comenzará a debatirse en el Congreso tras su paso por comisiones.

Monotributo

La Cámara de Diputados de la Nación se prepara para tratar este miércoles el proyecto de “Alivio fiscal para pequeños contribuyentes y autónomos”. Se trata de la iniciativa que impulsa el Gobierno nacional para personas adheridas al Monotributo. No obstante, en la previa del debate advierten que el “alivio fiscal” sería “insuficiente”. Ambos regímenes necesitan “modificaciones de fondo”, sostuvo el tributarista Sebastián Domínguez.

Los siete motivos de la «insuficiencia» del «alivio fiscal»

En diálogo con NA, Domínguez enumeró siete razones a través de las cuales cuestionó la iniciativa oficial. En primer lugar, remarcó que “los nuevos montos de facturación para las categorías del monotributo ya nacen desactualizadas”. Pues, “el proyecto contempla un incremento de los montos de facturación del 29,12% aplicables desde el 1/7/2022, pero la inflación del primer semestre se ubicaría entre el 36% y 38%”, explicó.

Asimismo, Domínguez planteó que hay una “falta de actualización de los parámetros de alquileres y precio unitario de venta”. Al respecto, el especialista afirmó que “el ajuste de los montos de facturación se realiza por el efecto de la inflación”. “En consecuencia, habrá contribuyentes que queden excluidos del régimen”, dijo a modo de anticipo.

Por otra parte, el tributarista objetó que “no se contempla la reincorporación de monotributistas excluidos en este semestre”. Al respecto, consideró que “esto debe modificarse ya que no resulta razonable que alguien haya facturado menos de los nuevos topes y deba mantenerse en el régimen general sin poder reingresar al monotributo”.

El cuarto motivo se radica en la delegación de la facultad para actualizar los parámetros de ingresos brutos al Poder Ejecutivo. “La ley que se sancione debería contemplar el ajuste automático de todos los parámetros en forma semestral por la variación del Índice de Precios al Consumidor con una cláusula gatillo que adelante el mismo siempre que la inflación acumulada desde el inicio de cada semestre supere un parámetro que podría ser el 15%”, sugirió Domínguez.

«Asimetría» entre trabajadores en relación de dependencia y autónomos

También habló de la “falta de capacidad contributiva de los trabajadores autónomos”. En este sentido, el especialista explicó que “el proyecto de ley incrementa la deducción especial para los trabajadores autónomos en la suma de $252.564,84 anuales, es decir, $21.047,07 mensuales”. Actualmente un autónomo con una ganancia neta mayor a $63.141 debe tributar el impuesto a las Ganancias.

Por lo tanto, “si se aprueba el proyecto de ley, deberá tributar cuando su ganancia neta supere los $84.188”, subrayó. Y “un autónomo que gana $84.188, difícilmente llegue a cubrir sus necesidades básicas y a las claras no tiene capacidad contributiva. Esto implica que la reforma no cambia la situación extrema y crítica de los autónomos”, enfatizó el tributarista.

El penúltimo motivo por el cual el “alivio fiscal” sería “insuficiente” se basa en “la injusta asimetría entre los empleados en relación de dependencia y los trabajadores autónomos”. Con la misma capacidad contributiva, luego de aprobada la reforma, el trabajador autónomo que gane $2.800.000 pagará $429.000 y el empleado en relación de dependencia no pagará nada, planteó Domínguez.

Por último, se refirió a la falta de actualización automática por la variación del IPC. Al respecto, hizo hincapié en “las deducciones, las escalas y otros importes vinculados al impuesto a las ganancias se ajustan anualmente por la variación del RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables) de octubre de un año respecto a octubre del año anterior”.

Los demás importes desactualizados

Además, hay otros importes que directamente no se actualizan, como el tope deducible por los gastos de combustibles, lubricantes, patentes, seguros, reparaciones ordinarias, y demás gastos de mantenimiento y funcionamiento de automóviles que no sean bienes de cambio, o cuya explotación no constituya el objeto principal de la actividad gravada que se encuentra fijado en la suma de $7.200 anuales por unidad desde 1998.

“El proyecto debe contemplar la actualización de los valores vinculados al impuesto a las Ganancias por la variación del IPC en forma automática semestral con una cláusula gatillo que adelante el mismo siempre que la inflación acumulada desde el inicio de cada semestre supere un parámetro que podría ser el 15%”, concluyó el tributarista Domínguez.